
La jueza Claudia Uccello de la Cámara Penal de la Tercera Circunscripción condenó a dos personas por haber cometido dos robos con efracción en la localidad de Villa de Merlo el 1° de noviembre de 2024. La causa se resolvió mediante un juicio abreviado, acuerdo al que arribaron la Fiscalía y la Defensa, y que fue homologado por la magistrada.
Los imputados, Sergio Alex Reyes González y Alejandra Adelina Aguilera Barría, ambos de ciudadanía chilena, reconocieron haber sido los autores materiales de ambos hechos ocurridos en un maxi kiosco y una librería de la zona céntrica de Merlo.
El Fiscal César Hugo Salazar Molina solicitó penas de cumplimiento efectivo para ambos acusados: tres años de prisión para Aguilera Barría y tres años y tres meses para Reyes González, pedido que fue aceptado por la defensa representada por el abogado Santiago Lucas Olivera Aguirre y ratificado por los imputados durante la audiencia.
Tras escuchar a las partes, la jueza resolvió declararlos culpables del delito de robo calificado por efracción, en concurso real, y dispuso su traslado inmediato al Servicio Penitenciario Provincial. Además, se ordenó la inscripción de las condenas en el Registro Nacional de Reincidencias.
¿QUÉ ES UN ROBO CON EFRACCIÓN?
Es cuando una persona comete un robo rompiendo, forzando o dañando una puerta, ventana, cerradura o cualquier otra barrera para poder entrar a un lugar y robar. En la ley argentina, este delito está previsto en el artículo 167 inciso 3° del Código Penal, que agrava la pena del robo común (o sea, lo castiga más severamente) cuando se usa este tipo de violencia contra objetos, como forzar una puerta o romper un candado, para lograr entrar a cometer el robo.