CONDENARON AL ACUSADO POR EL CRIMEN DE UN ANCIANO EN SANTA ROSA DEL CONLARA

Walter Oscar Ortiz reconoció su autoría en el hecho que terminó con la vida de Carlos Florentino Quiroga. Fue condenado a la pena de 15 años de prisión por el delito de homicidio simple.

Este martes, se definió la situación procesal de Walter Oscar Ortiz, acusado como presunto autor del delito de homicidio Criminis Causa en perjuicio de Carlos Florentino Quiroga, un anciano de Santa Rosa del Conlara que fue encontrado en su vivienda con signos de muerte violenta.

En la audiencia celebrada este 15 de agosto, el Fiscal de Juicio, Mario Néstor Zudaire, informó al tribunal la voluntad de las partes de finalizar el proceso mediante juicio abreviado.

Al respecto, hizo referencia al artículo 366 del Código de Procedimiento Criminal de la Provincia de San Luis, vigente al momento del hecho y actualmente derogado, que establecía la posibilidad de abreviar el juicio en aquellas causas donde se estimara una pena privativa de la libertad inferior a seis años. “Esta limitación ha sido declarada inconstitucional por este mismo tribunal. En consecuencia, es viable entonces la aplicación del instituto de juicio abreviado”, sostuvo el fiscal.

En segundo lugar, manifestó que después de haber leído detenidamente la causa judicial, no encontró prueba alguna para sostener el alegato del Ministerio Fiscal en los términos de la comisión del delito Criminis Causa, es decir, que el homicidio se haya producido con la intención de facilitar, consumar u ocultar otro delito. En este caso, el delito de robo.

En relación a ello, manifestó que, si bien al momento de la inspección ocular en la casa de Quiroga se dejó constancia que había un gran desorden en la vivienda e, inclusive, había cerraduras y candados forzados, ello no era prueba suficiente para comprobar la existencia del robo. Dijo, además, que se practicó un allanamiento en el domicilio del acusado y que no se encontró ningún elemento que pudiera haber sido sustraído de la casa de Quiroga.

“Esta es la razón por la que el Ministerio Público considera que existe un homicidio simple, en los términos del artículo 79 del Código Penal”, argumentó el fiscal, dejando planteado el cambio de calificación legal.

Finalmente, detalló el acuerdo arribado con la defensa, mediante el cual Ortiz reconoció la existencia del hecho en cuyo marco se produjo el asesinato de Quiroga, y su participación en el mismo como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio simple; aceptando la imposición de una pena de prisión por el término de 15 años.

Atenuantes: la ausencia de antecedentes penales.

Agravantes: el aprovechamiento de las circunstancias que facilitaron la comisión del delito.

En consonancia, el abogado de Ortiz, Cándido Assat, aclaró que se tuvieron en cuenta diferentes factores para llegar a dicho acuerdo, tales como el tiempo de prisión preventiva que lleva cumpliendo su defendido, los problemas de salud que éste presenta, su buena conducta en la institución carcelaria, entre otros.

Ante el tribunal integrado por Sandra Elizabeth Piguillem, María Claudia Uccello y Gustavo Daniel Sanchiño; Ortiz ratificó cada uno de los puntos del acuerdo.

En consecuencia, los magistrados resolvieron la homologación del mismo, dictando el siguiente veredicto:

Declarar a Walter Oscar Ortiz, culpable como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio simple (artículo 79 del Código Penal), en perjuicio de Carlos Florentino Quiroga, condenándolo a sufrir la pena de 15 años de prisión, accesorias legales y costas procesales.

La sentencia será dictada en el término de ley.

RESUMEN DEL CASO

Carlos Florentino Quiroga, de 92 años, vivía solo en el Barrio Centenario de la referida localidad. El sábado 23 de noviembre de 2019, en horas de la noche, los vecinos alertaron a las autoridades tras notar su ausencia y la falta de respuesta a los reiterados llamados.

Personal policial y de bomberos concurrió al lugar, constatando el deceso del anciano. Estaba tendido en el suelo en el área del living, con la cabeza ensangrentada y una soga en el cuello.

Asimismo, al lado del cuerpo, la policía encontró un palo de madera con manchas hemáticas y un bolso negro que contenía una soga y ansiolíticos en su interior. Uno de los testigos reconoció que el bolso pertenecía a Walter Ortiz, un ex policía retirado, a quien los vecinos observaron entrar y salir varias veces de la vivienda de la víctima desde la noche anterior al hallazgo.

En el procedimiento de rastreo, perros de la división canes olfatearon el bolso encontrado, siguiendo el rastro hasta llegar a Ortiz, quien estaba sentado en el cordón de una propiedad vecina.

Otro de los elementos de importancia para la causa, fue una bicicleta playera de color blanco, también propiedad de Ortiz, que fue encontrada en la vereda de la casa de Quiroga y que poseía manchas de sangre en el manubrio.

En toda la vivienda se observaba un gran desorden, tanto en los dormitorios como en los otros ambientes, con cerraduras de roperos forzadas y candados violentados.

El examen forense, determinó que Quiroga falleció como consecuencia de traumatismos craneoencefálicos que le provocaron hemorragia intracraneal. Todas las lesiones fueron causadas con un elemento contundente aplicado con violencia.

En virtud de las pruebas reunidas, el Juez de Instrucción Penal, Dr. Jorge Osvaldo Pinto, ordenó la detención de Ortiz.

En la audiencia indagatoria, el imputado se negó a declarar, y la defensa informó que su representado presentaba problemas psiquiátricos y neurológicos, que estaba medicado y que, además, padecía epilepsia y problemas de alcoholismo.

Por ese motivo, solicitó una junta médica interdisciplinaria, a fin de que los profesionales se expidieran acerca de las facultades mentales de Ortiz para determinar su grado de comprensión respecto de la criminalidad de los hechos.

La misma estuvo integrada por una psicóloga, una psiquiatra y un médico forense de la Tercera Circunscripción Judicial, quienes concluyeron que el imputado presentaba un trastorno crónico por consumo de alcohol y que, si bien se observaba cierto “deterioro orgánico” que podría vincularse con dicho consumo, éste no abolía su capacidad de comprensión ni su juicio de realidad.

Ortiz fue procesado con prisión preventiva como presunto autor del delito de Homicidio Criminis Causa (Art. 80, Inc. 7, del Código Penal Argentino).

Prensa Judicial 3° Circunscripción

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