CONFORMACIÓN DE LISTA DE SÍNDICOS

A los fines de dar cumplimiento a lo prescripto por el Art. 253 de la Ley 24.522 y los Artículos 3) a 20) de la Acordada N° 1/2018, la Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial comunicó que debido al número de inscriptos y categorías en las que deben ser agrupados la nómina de síndicos, se ha podio conformar una sola lista de Síndicos Categoría A (integradas por tres Estudios Contables) y de Categoría B (integrada por cinco Contadores individuales).

Así lo establecieron los vocales de la referida Cámara, Dres. Estela Inés Bustos, Néstor Marcelo Milán y Mónica Beatriz Ponce De Xacur, a través de la Acordada Nº 4/19-, donde dispone que la lista mencionada, será la misma utilizada en forma independiente y separada, para conformar las listas para la designación de Síndicos Categoría A y B en concursos y quiebras, respectivamente y para las listas de Suplentes de los concursos y de las quiebras; para todos los Juzgados de la Primera Circunscripción Judicial con competencia Concursal: Juzgados Civiles y Comerciales N° 1, 2, 3, y 4.

Para la confección de las mismas se tendrá en cuenta lo dispuesto por el Art. 253 de la L.C.Q. y los criterios de preferencia establecidos para cada categoría (A y B) en la Acordada N° 1/2018.

Las listas conformadas tendrán una vigencia de cuatro años, a partir de que las mismas queden firmes y sean comunicadas a la Secretaría Informática del Tribunal de Justicia a los fines de su respectiva carga en el sistema.

Para acceder a la nómina de profesionales que integran la referida lista, HAGA CLICK AQUÍ

 

Redacción: S. Lucero

Fuente: Acordada Nº 4/19 Cámara Civil Nº 2- 1º C.J.

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