DEFENSORÍA GENERAL: RESOLUCIÓN SOBRE TRASLADOS DE NNyA EN TRANSPORTE PARTICULAR DENTRO DEL PAÍS

Las Defensorías de Niñez, Adolescencia e Incapaces ya no emitirán actas que autoricen el traslado de niñas, niños o adolescentes en transporte particular dentro del país. La medida entró en vigencia a partir del 1° de marzo del presente año. Es importante señalar que, en casos excepcionales y a discreción del funcionario responsable, las Defensorías podrán otorgar autorizaciones incluso si no existe una disposición legal que lo exija, y se tomará en cuenta la naturaleza de la situación y la urgencia de la solicitud.

“Se debe aclarar que lo expuesto es sin perjuicio de aquellas autorizaciones que por previsión de ley si han de ser realizadas con intervención de los funcionarios correspondientes (egresos del país, traslados dentro del mismo en transporte público, etc.); o bien aquellas que pudieran necesitar de especial contemplación en algún supuesto excepcional, y que será definido a criterio del funcionario interviniente”, dice textualmente un párrafo de la Resolución N° 5 emitida por el Ministerio General de la Defensa de la Provincia.

La confección de autorizaciones a favor de terceros que viajan a cargo de niñas, niños y/o adolescentes, en transporte particular, constituyen actuaciones que pueden  ser realizados de modo particular o con la intervención de alguna otra autoridad pública, no existiendo instrumento legal que obligue tal actuar por parte del Ministerio Público.

Por este motivo, y ante el aumento de la conflictividad y problemática social existente, que se ve reflejada en el ámbito judicial y en las tareas extrajudiciales en las que ha de intervenir la Defensa Pública, “resulta necesario priorizar funciones en pos de la efectividad de lo que sí requiere de su ineludible intervención, posponiendo otras que pueden ser cumplimentadas por otros medios”, agrega el documento.

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