DEPENDENCIAS JUDICIALES SE SUMAN A LA DESPAPELIZACIÓN

El Alto Cuerpo Judicial dispuso los turnos en los que se hará efectivo el trabajo sin papel.

Debido al objetivo institucional de lograr una “justicia sin papeles”, el Alto Cuerpo dispuso que Juzgados de Primera Instancia adopten gradualmente la despapelización de sus procesos. Por ello, se acordó que dicho cambio en la modalidad de trabajo se realice progresivamente, hasta alcanzar el objetivo final del trámite judicial despapelizado en el ámbito de toda la provincia.

De esta manera, por Acuerdo 202/15, el Superior Tribunal de Justicia ordenó que los siguientes Juzgados de Primera Instancia se incorporen al trabajo diario de conformidad con lo previsto en el Título II, Cap. II del Reglamento General del Expediente Electrónico, Arts. 29 a 33:

– Juzgado Laboral Nº 1 de la 2º Circ. Jud. –Villa Mercedes.

– Juzgado Laboral Nº 2 de la 2º Circ. Jud. –Villa Mercedes.

– Juzgado de Instrucción en lo Correccional y Contravencional de la 2º Circ. Jud. –Villa Mercedes.

– Juzgado Laboral Nº 1 de la 1º Circ. Jud. -San Luis.

– Juzgado Laboral Nº 2 de la 1º Circ. Jud. -San Luis.

– Juzgado de Instrucción en lo Correccional y Contravencional de la 1º Circ. Jud. -San Luis.

Dichos organismos comenzarán el trabajo sin papel a partir del día lunes 3 de agosto del año en curso.

A su vez, se estableció que los siguientes Organismos Judiciales de la Tercera Circunscripción Judicial se incorporen al trabajo diario de igual manera:

– Juzgado de Instrucción Penal de Concarán.

– Juzgado de Familia y Menores de Concarán.

– Juzgado de Sentencia de Concarán.

– Ministerios Públicos con asiento en Concarán.

– Cámara de Apelaciones en Concarán.

Los organismos mencionados correspondientes a la 3º Circunscripción, comenzarán el trabajo sin papel a partir del día lunes 7 de septiembre del año en curso.

Por otra parte, se dispuso que aquellos organismos que, provisoriamente, sigan bajo la modalidad de trabajo mixto, deberán abstenerse de reclamar a los aquí incluidos, constancia papel de sus actuaciones en los trámites que los vinculen.

Asimismo, el Alto Cuerpo encomendó a la Secretaría de informática Judicial que arbitre los medios necesarios para el acompañamiento del personal de esos organismos en el comienzo de éste proceso de cambio, como así de los Sres. Abogados, confeccionando un proyecto de implementación que deberá presentar a éste Superior Tribunal en el plazo de 7 días de notificado el presente Acuerdo.

Redacción: J.N.Sanchez

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