DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN PARA EL HOMBRE QUE ABUSÓ SEXUALMENTE DE SU HIJA

El Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción condenó a un hombre a 16 años de prisión por encontrarlo culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y el aprovechamiento de la convivencia preexistente, y por ser la víctima -su hija biológica-, menor de edad.  

El acusado es un expolicía provincial y los ataques sexuales ocurrieron cuando la niña tenía entre 5 y 8 años, durante los años 2017 y 2020.  En la causa también estaba imputada la madre de la damnificada, pero fue absuelta por el beneficio de la duda. El veredicto se emitió este miércoles a la siesta en la Sala 1 del segundo piso de los tribunales de calle Rivadavia.

El fiscal de Juicio, Fernando Rodríguez, en su alegato había solicitado una condena de 18 años para el ex integrante del Cuerpo de Infantería y no formuló acusación contra la mujer. “Si bien tenía el deber del cuidado de la criatura y la calidad de guardadora, y que algún conocimiento tenía de que ocurrían hechos sexuales en los que su marido sometía a su hija, tampoco es menos cierto que el contexto socio familiar en que transcurría la vida de esta mujer, donde había violencia de la que pidan, como quedó acreditado, hace que afecten de manera central la voluntad y la decisión de la madre en circunstancias como estas”, dijo el representante de Ministerio Fiscal.

En un tramo de su alegato, Rodríguez citó una frase que dijo la niña en la entrevista de Cámara Gesell que daba cuenta de las amenazas que recibía de su padre si llegaba a contarle a alguien de los abusos que sufría.

Y agregó: “Había una violencia intrafamiliar que incluía golpes a los chicos, golpes hacia ella (se refiere a la pareja del acusado), amenazas a la víctima. En función de esto, creo que hay elementos suficientes para analizar el contexto sociofamiliar en el que se desarrollaron los hechos y no imputar por omisión a la madre de la víctima”, concluyó el fiscal.

El hecho fue denunciado el 21 de marzo de 2020 por la madre de la víctima. Sin embargo, luego de la prueba recolectada y de escuchar el testimonio de la abuela y de una maestra de la nena, la jueza de la causa-, concluyó que la progenitora de la pequeña sabía desde mucho antes de los abusos y no hizo nada para evitarlos, y se ordenó su detención. Ambos llegaron al debate oral con prisión preventiva y alojados en el Servicio Penitenciario.

La Defensora de la Niñez y Adolescencia e Incapaces N° 2, Marcela Torres Capiello adhirió a lo solicitado por el fiscal. “No dudo en la negligencia de la mamá para con el cuidado de la niña, pero la sanción penal es exacerbada. Los niños tienen una fuerte identificación con la figura maternal”, dijo en un fragmento de su alegación.

El abogado del expolicía, Guillermo Levingston, dijo no estar de acuerdo con lo expresado por el fiscal de juicio y que fue la abuela de la nena la que la obligó a mentir contra su padre. “Estaba todo direccionado a lo que la abuela quería porque su objetivo era sacarse de encima a mi defendido. Es una causa que pretende ser armada, empaquetada por la abuela y que la misma nieta dijo que la mujer era alcohólica y que le había pedido que mintiera”, sostuvo el representante del imputado.

Y agregó: “La pena solicitada es abusiva y no hay proporcionalidad”, dijo y pidió que el tribunal aplique el artículo 8 del Código Procesal Penal de San Luis, es decir, que se declare el “estado de inocencia y duda” (Ninguna persona podrá ser considerada culpable mientras una sentencia firme no lo declare tal. En caso de duda, deberá decidirse lo que sea más favorable al imputado. Siempre se aplicará la ley procesal penal más benigna para el imputado).

El defensor oficial y representante de la mujer, Esteban Sala, dijo que “existen numerosas cuestiones que llevan a mi defendida a entender que no hizo lo ideal, pero si estamos acá es por ella. Hizo la denuncia, lleva a la nena al pediatra, la lleva a cámara Gesell, se fue del domicilio a Buenos Aires y tuvo que regresar, pero no lo hizo conviviendo con el señor. Vemos actos que tienden a hacer que realmente podía. Adhiero a la absolución de la misma, entiendo que no existen dudas”.

El tribunal a cargo del juicio estuvo integrado por su presidente José Luis Flores y las vocalías de Hugo Guillermo Saa Petrino y Julio Fernando de Viana. 

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