DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Es la nueva denominación para la actual Oficina de Recursos Humanos del Poder Judicial.

El Superior Tribunal de Justicia, estableció que la actual Oficina de Recursos Humanos (creada por Acuerdo Nº 592/10) pase a denominarse Dirección de Recursos Humanos, bajo la supervisión del Superior Tribunal de Justicia.

A su vez, se dispuso que la Delegación de la Dirección Contable y de Personal de la Segunda Circunscripción Judicial (creada por Acuerdo Nº 507/14), en materia de personal, estará bajo el control de la mencionada Dirección.

Por otra parte, se modificó el Acuerdo Nº 962/10, estableciendo las siguientes funciones de la Dirección de Recursos Humanos:

1. Confeccionar y mantener actualizados los legajos del personal con la documentación correspondiente.

2. Emitir certificados de trabajo, tramitar la expedición de credenciales de magistrados y funcionarios y confeccionar la de los restantes agentes.

3. Elaborar el parte diario de inasistencias, controlando la asistencia y puntualidad de todo el personal judicial.

4. Informar según cronograma, a Dirección Contable, las novedades producidas en la situación de los agentes para la correcta liquidación de haberes.

5. Elaborar relevamientos y estadísticas actualizadas sobre licencias concedidas por área y su carácter (reportes mensuales de ausentismo).

6. Realizar el control diario de ausentismo en el marco del Régimen de Licencias que se encuentre vigente, pudiendo imponer y/o solicitar, en su caso, las medidas sancionatorias pertinentes.

7. Notificar al personal aquellas decisiones administrativas de su incumbencia.

8. Conceder, justificar o dar el trámite correspondiente, a las solicitudes de licencia de todo el personal según corresponda, visando las mismas.

9. Proyectar Acuerdos de licencias y subrogaciones de magistrados y funcionarios.

10. Llevar un registro de Sanciones Disciplinarias del personal del Poder Judicial.

11. Proyectar reglamentos y sugerir modificaciones de los mismos relacionados con la conducta, asistencia y puntualidad del personal judicial. 12. Solicitar y/o efectuar inspecciones a las distintas dependencias a fin de verificar la permanencia del empleado en su lugar de trabajo y requerir, en su caso, a los funcionarios o jefes de oficina el Libro de Salidas del personal, supervisando que se lleve en debida forma.

13. Organizar y controlar las tareas del personal de maestranza y de servicios, adecuando las mismas a las necesidades funcionales y requerimientos de cada dependencia, atendiendo a las características especiales de cada una de ellas.

14. Proponer al Superior Tribunal de Justicia el proyecto de Acuerdo con los magistrados, funcionarios y empleados que se desempeñarán durante los recesos de enero y julio.

15. Verificar en las restantes Circunscripciones Judiciales, el cumplimiento de las presentes directivas, debiendo trasladarse periódicamente a las mismas, informado de ello al Alto Cuerpo.

16. Verificar que se lleven con regularidad los legajos y toda otra actividad desplegada por el empleado autorizado como responsable del Registro de Firma Digital.

17. Propender y gestionar las medidas pertinentes para mantener actualizadas las estructuras de recursos humanos de cada dependencia del Poder Judicial, a fin de garantizar el óptimo funcionamiento de las mismas. 18. Ser interlocutor y referente en el manejo de las relaciones con el Sindicato de Empleados Judiciales.

19. Formar parte del Consejo Académico del Instituto de Capacitación e Investigación aportando en cuanto a las necesidades para el desarrollo personal y profesional del personal del Poder Judicial.

20. Implementar y administrar el proceso de Evaluación de Desempeño.

21. Proyectar Resoluciones y/o Acuerdos que impliquen la incorporación de personal cualquiera sea la modalidad, asegurando en cada caso el proceso de inducción correspondiente.

22. Nombrar reemplazos temporarios (menores a cinco días), para las dependencias que, en virtud de ausencia de los agentes que la conforman, vean resentida la atención de los justiciables y abogados.

23. Ser contacto y referente del Asesor externo de Higiene y Seguridad como también de la ART, relevando las condiciones de Higiene y Seguridad de las distintas dependencias del Poder Judicial, haciendo conocer las irregularidades detectadas al Superior Tribunal.

24. Tramitar los concursos para cargos del escalafón de maestranza y servicios, administrativos, profesionales, Jueces de Paz Legos, y funcionarios que no sean de incumbencia del Consejo de la Magistratura. Respecto de los Jueces de Paz Legos, queda a cargo de la Dirección de Recursos Humanos la obligación dispuesta en el pto. IV del Acuerdo 833/2009.

25. Proponer al Superior Tribunal proyectos de implementación y/o modificación del régimen de rotación de empleados.

26. Llevar el control y la gestión de los convenios de pasantías que se suscriban entre el Poder Judicial y las diferentes entidades educativas.

Redacción: J.N.Sanchez

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