DISPOSICIÓN PARA EL COLEGIO DE MARTILLEROS

Deberá remitir a Secretaría Administrativa, hasta el quinto día hábil del mes de marzo de cada año, la nómina de peritos habilitados en cada Jurisdicción para actuar como Martilleros Judiciales y Peritos Tasadores.

El Alto Cuerpo Judicial estableció que el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia de San Luis, deberá remitir a Secretaría Administrativa del Superior Tribunal de Justicia, hasta el quinto día hábil del mes de marzo de cada año, la nómina de los Martilleros y Corredores Públicos en cada Jurisdicción Provincial para actuar como Martilleros Judiciales y Peritos Tasadores.

Una vez cumplido el mencionado plazo, la Secretaría Administrativa procederá a la carga de las referidas nóminas en el sistema informático, en un plazo de diez días hábiles de recepcionadas las mismas, fecha hasta la cual tendrá vigencia la nómina anteriormente registrada.

La presente medida fue dispuesta conforme a lo reglado por el Art. 56 del Reglamento General de Expediente Electrónico, el cual establece que el sorteo de los Peritos y los Martilleros Públicos inscriptos en Secretaría Administrativa, deberá realizarse a través del Sistema de Gestión Informática, en base a la nómina de Peritos habilitados en la especialidad correspondiente que figuren cargados en el sistema.

Redacción: J.N. Sanchez

Corrección: S. Lucero

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