DISPOSICIÓN PARA JUZGADOS Y TRIBUNALES EN LO PENAL, CORRECCIONAL Y CONTRAVENCIONAL

Deberán informar respecto de los bienes objeto de secuestro que se encuentran depositados en bauleras, y en su caso, el destino que debe asignarse a los mismos.

El Superior Tribunal de Justicia dispuso requerir a los Juzgados y Tribunales con competencia en lo Penal, Correccional y Contravencional de las tres Circunscripciones, informar a la Oficina de Secuestros Judiciales, en el término de quince días hábiles de notificada la presente medida, sobre el cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 2, 3 y 4 de la Ley IV-0831- 2012, respecto de los bienes objeto de secuestro que se encuentran depositados en bauleras, y, en su caso, el destino que debe asignarse a los mismos.

Esta medida surge en razón de lo informado por la Directora Coordinadora de la Oficina de Secuestros Judiciales, en cuanto a la necesidad de arbitrar el cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 3 y 4 de la referida Ley, ante el cúmulo de bienes objeto de secuestros de antigua data a los que no se les ha asignado un destino por parte de los Juzgados que han dispuesto el mismo, lo que ocasiona la falta de disponibilidad de espacios físicos en las bauleras para nuevos ingresos.

Redacción: J.N. Sanchez

Corrección: A. González Esquivel

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