Tendrán a su cargo a los Juzgados de Instrucción y de Sentencia, durante un año cada una.
El Superior Tribunal de Justicia dispuso, por Acuerdo Nº 104/14, que las Cámaras de Apelaciones en lo Penal, Correccional y Contravencional de la Primera Circunscripción Judicial, tendrán a su cargo -a los fines establecidos por el Art. 54º de la Ley IV 0086 2004-, a los Juzgados de Instrucción y de Sentencia durante un año cada una, comenzando por la Cámara en lo Penal, Correccional y Contravencional Nº 1, durante el corriente año.
Lo ordenado, es a efectos que se ejerzan plenamente las facultades por parte de dichas Cámaras, tal como se efectúo respecto de las Cámaras Penales de la Segunda Circunscripción por Acuerdo Nº 117/2010.
Redacción: K. Chovanec