Se efectivizarán solamente en los meses de febrero y agosto de cada año.
El Superior Tribunal de Justicia dispuso que los traslados del personal del Poder Judicial se efectivizarán solamente en los meses de febrero y agosto de cada año. Los mismos serán dispuestos por el Alto Cuerpo Judicial cuando lo ameriten las razones de mejor servicio.
Asimismo, se dispuso que todas las solicitudes respecto de esta materia se receptarán en la Oficina de Recursos Humanos, debiendo fundamentarse las razones justificadas, las cuales se deberán acreditar en caso de ser requerido.
La medida fue dispuesta habiéndose advertido que en los últimos tiempos, los pedidos de traslados de personal están en su mayoría, fundados en intereses personales, y teniendo en cuenta que cada movimiento de empleados afecta el normal funcionamiento de las dependencias. Por lo que es necesario generar herramientas que den un marco regulatorio a dicho proceso, minimizando el impacto negativo que los mismos pueden generar en los organismos del Poder Judicial y garantizando el debido servicio de Justicia.
Redacción: L. Penna