EL CONFLICTO EN LA MEDIACIÓN

Fue la temática que abordó la Dra. Denise Muñoz en las Terceras Jornadas Preparatorias del XXIX Congreso Nacional de Derecho Procesal.

En continuidad con la difusión de las conferencias que se llevaron a cabo durante las Terceras Jornadas Preparatorias del XXIX Congreso Nacional de Derecho Procesal realizadas en la Villa de Merlo, el pasado viernes 10 de marzo, la Dra. Denise Muñoz – Coordinadora del Centro de Mediación Judicial y Extrajudicial de la Villa de Merlo- expuso sobre “El Conflicto en la Mediación”.

La Dra. Muñoz desarrolló una temática central que se abordará en el próximo Congreso Nacional de Derecho Procesal: “Conflicto y Comunicación”, por lo que se refirió al abordaje particular del conflicto que se desarrolla en un proceso de mediación.

Al respecto, la funcionaria expresó que en la cotidianidad, “hablar de conflicto es hacer referencia a situaciones habituales de la convivencia y de las relaciones humanas en las que los valores, necesidades, deseos, expectativas o intereses se perciben como opuestas. Sin embargo en la mediación, lejos de considerarlo una amenaza, se lo ve como una oportunidad de redefinirlo, recomponer los vínculos y, en su caso, resolverlo en interés de los involucrados”.

Asimismo, manifestó que la carga peyorativa del concepto de “conflicto” se vincula en mayor medida con la forma en la que lo abordamos, por eso en el proceso de mediación, se interviene desde una mirada no adversarial y colaborativa, lo que implica un cambio en la aproximación al problema. En consecuencia se procede de manera de aumentar las posibilidades de ganancias conjuntas y compartidas y no para empeorar las alternativas de la otra parte. “Cuando las relaciones mejoran, o un conflicto se resuelve, esto contribuye a la mantención de la paz social”, sostuvo la Dra. Muñoz.

También se analizó un caso real para ejemplificar la escalada del conflicto, en el que una controversia entre vecinos, aparentemente intrascendente, terminó en una tragedia.

A su vez, se abordaron cuestiones específicas sobre el proceso de mediación como el protagonismo de las partes y el rol del mediador, haciendo hincapié sobre el rol de “guía” que estos deben cumplir para que los requirentes planteen posibles alternativas de solución teniendo en cuenta sus intereses y su autonomía.

En la ocasión se refirió a la co-mediación a distancia expresando que “la mediación es un proceso formal pero flexible, lo que permite el uso de diversos caminos y herramientas, no tradicionales, para superar los obstáculos que pudieran impedir el acceso a justicia y el encuentro de las personas, como pueden ser las dificultades económicas y la distancia. Ante esto surge la co-mediación a distancia, que permite realizar audiencias mediante videoconferencias entre distintos puntos del país y lograr así abordar los conflictos y restablecer vínculos”.

Finalmente se dio a conocer la Red de Centros Institucionales existentes en diversos puntos del país con los cuales es posible llevar a cabo esta modalidad: San Luis, Catamarca, Chaco, Córdoba, Formosa, Jujuy, La Pampa, Córdoba, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, San Juan, Tierra Del Fuego, Santa Fe y Buenos Aires.

Redacción: M.C. Hang

                                                                         Corrección: J.N. Sanchez

Fuente: Dra. Denise Muñoz

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