EL DESEO DE AHIJAR: LA ADOPCIÓN MONOPARENTAL EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS

La adopción es una institución jurídica, que tiene como objetivo proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes (NNyA) a vivir y desarrollarse en una familia, cuando se han agotado todas las posibilidades de permanencia en su familia de origen o ampliada.

Nuestra legislación actual, establece que un niño, niña o adolescente en situación de adoptabilidad; puede ser adoptado/a por un matrimonio, por ambos integrantes de una unión convivencial o por una única persona. Esta última, se denomina: “adopción monoparental”.

En el mes de la mujer, la Unidad de Prensa Judicial dialogó con la Responsable del Registro Único de Adoptantes (RUA) de la Tercera Circunscripción, Dra. Fernanda Gasparro, para conocer el panorama a nivel provincial respecto de aquellas mujeres que eligen el camino de la adopción individual para concretar su deseo personal de ser mamás, independientemente del proyecto de una pareja estable.

“La ley de adopción incorporada al Código Civil y Comercial de la Nación, nos dice en su artículo 599 que el niño, niña o adolescente puede ser adoptado por un matrimonio, por ambos integrantes de una unión convivencial o por una única persona, recogiendo de esta manera la evolución normativa y jurisprudencial con base constitucional y fundamento en los principios de igualdad y no discriminación, admitiendo la posibilidad de reconocimiento de derechos para las distintas conformaciones familiares. La nueva redacción deja de lado toda consideración prejuiciosa acerca de que una u otra forma familiar es la más adecuada, pues lo prevalente es el derecho del niño, niña o adolescente a vivir en una familia que le provea los cuidados que no le pudieron ser proporcionados por su familia de origen o ampliada”, explicó la funcionaria.

En cuanto al contexto provincial, la Responsable del RUA informó que, en la actualidad, hay tres postulantes inscriptas en el Registro para adopción monoparental y que, en los casos anteriores, todas las postulantes fueron llamadas para ahijar a un niño, niña o adolescente; obteniendo la guarda y posterior adopción.

En cuanto a los requisitos para inscribirse al Registro Único de Adoptantes, la Dra. Gasparro aclaró que son los mismos tanto para matrimonios, parejas convivientes o personas solas. A saber:

  1. Nota de presentación dirigida al Juez o Jueza de Familia, Niñez y Adolescencia de la Circunscripción que corresponda, firmada por la/el/los/las aspirantes, expresando su deseo de inscripción.
  2. Fotocopia del DNI.
  3. En caso de corresponder: Acta de Matrimonio, Acta de Unión Convivencial o Certificado de Convivencia; Sentencia de Divorcio Vincular o Separación Personal.
  4. Recibo de haberes o certificación de ingresos -si se trata de una persona que trabaja de manera independiente-.
  5. Certificado de domicilio (expedida por la Comisaría que corresponda a su jurisdicción).
  6. Certificado de buena salud completo (planillas y pedidos médicos entregados desde el Registro Único de Adoptantes).
  7. Certificado de Antecedentes Penales (se tramita vía internet, y es expedido por la Dirección Nacional de Reincidencia).
  8. Acta de nacimiento de otros/as hijos/as si los/las hubiere.
  9. Acreditación de vivienda, debiendo adjuntar la escritura o el contrato de alquiler, según corresponda.
  10. Generación de una cuenta de Correo Electrónico del Poder Judicial, (usuario y Contraseña), que se deberá gestionar ante la Secretaría de Informática Judicial de la Circunscripción donde se realice la inscripción.
  11. Estudios psicológicos y sociales realizados por los Equipos Técnicos del RUA.

La inscripción es gratuita, personal, y no requiere de intermediarios/as ni abogados/as.

Al respecto, la Responsable del RUA aclaró que la inscripción actúa como condición necesaria para la postulación, e informó las vías de contacto para asesoramiento y consultas, de acuerdo al lugar de residencia de las personas interesadas:

– Sede RUA con asiento en la ciudad de San Luis y competencia en los Departamentos Pueyrredón, Ayacucho, Belgrano y Pringles (Primera Circunscripción Judicial):

Correo electrónico: regadopsl@justiciasanluis.gov.ar / Teléfono: 2664-422365.

Sede RUA con asiento en la ciudad de Villa Mercedes y competencia en los Departamentos Pedernera y Dupuy (Segunda Circunscripción Judicial):

Correo electrónico: regadopvm@justiciasanluis.gov.ar / Teléfono: 2657-520449.

– Sede RUA con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara y competencia en los Departamentos Junín, Chacabuco y San Martín (Tercera Circunscripción Judicial):

Correo electrónico: regadopcon@justiciasanluis.gov.ar / Teléfono: 02656-482040/43, Interno 512, o al celular: 2664-570118.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

Fuente: Dra. Fernanda Gasparro, Responsable del Registro Único de Adoptantes de la Tercera Circunscripción Judicial

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