EL EFECTO TRANSFORMATIVO DEL DIÁLOGO EN LA MEDIACIÓN

Fue el eje propuesto por los profesores Folger y Fariña para lograr mediaciones exitosas.

Con la participación de más de 140 participantes, el Prof. Joseph Folger desarrolló su exposición que tuvo como eje principal la autodeterminación de las partes en conflicto, y mejorar los aspectos comunicacionales en las audiencias de Mediación , en las prácticas diarias de las personas, teniendo como horizonte la búsqueda de una paz social que es posible a través de la palabra y la comprensión con el otro. Durante la disertación, estuvo acompañado por el capacitador de la Fundación Libra, el Dr. Gustavo Fariña, quien colaboró con acotaciones propias de las prácticas de mediación en Argentina.

Para ello, Folger trabajó sobre las emociones y los sentimientos que pasan por las personas cuando se enfrentan a conflictos que se tratan en mediación, como base de la Mediación Transformativa. Con ejemplos cotidianos y del campo profesional, el disertante internacional definió que las características de una mediación transformativa son la autodeterminación y el poder humanizante del diálogo, que el mediador debe preservar para lograr que una mediación sea fructífera. En razón de ello, señaló que los mediadores deben evitar influir en las partes intervinientes y que sean las personas que tomen su propia decisión (autodeterminación). Para ello, es necesario “apoyar a las personas a sentirse cómodas participando en el desafío y la interacción emocional en el conflicto”, manifestó Folger. Y recomendó que las personas deben trabajar consigo mismos para encontrar un equilibrio entre ellos mismos y el otro, y lograr una interacción de los conflictos. En mérito a esta introducción, el Prof. Folger explicó que esta teoría de la Mediación Transformativa propone tomar una visión de acción recíproca y experimental del conflicto, basada en la psicología social-cognitiva, en investigaciones de comunicación sobre el discurso, y la teoría dialogal-moral. Las partes necesitan ayuda para salir de la crisis y restaurar la interacción constructiva. Respecto al mediador, consideró que “un tercer partícipe debe trabajar con las partes en conflicto para ayudarlos a cambiar la calidad de su interacción conflictiva de negativa, destructiva a positiva y constructiva, mientras ellas debaten y exploran diversos temas y posibilidades de resolución”.

Por su parte, el Dr. Fariña explicó que la emisión de opiniones puede poner en riesgo la credibilidad del conciliador como tercero neutral frente a las partes así como limitar ampliamente los beneficios que la conciliación le puede reportar a los participantes en cuanto al reconocimiento de su capacidad de autodeterminación y las implicancias a nivel personal y relacional del fortalecimiento sobre la conciencia de lo que cada uno es capaz de hacer. No pensar en el acuerdo como único objetivo del proceso permi­tirá que las partes puedan lograr resultados intermedios; no necesariamente menos importantes. El objetivo que se persigue es que las partes afectadas puedan recuperar su voz. En razón de ello, “una mediación exitosa no será exclusivamente aquella en la que se arribe a un acuerdo. Un proceso de mediación puede concluir sin que las partes realicen un convenio, pero puede haber brindado a los participantes la posibilidad de desahogarse, de haber contado su problema, de sentirse escuchados y de haber tenido la oportunidad de hablarse cara a cara, y expresar (y contrastar) sus diferentes formas de sentir y percibir la situación”. El disertante continuó diciendo que después de haber utilizado la mediación como un medio canalizador de estas necesidades, los participantes podrán evaluar objetivamente cuáles son realmente sus intereses, cuales han quedado aún “insatisfechos” y en qué medida podrán ser cubiertos, sosteniendo judicialmente, el reclamo planteado y discutido en mediación. Ello genera en numerosas situaciones, que “fracasada” la mediación no se entable el juicio, ya que las partes obtuvieron dentro del procedimiento lo que buscaban, comprendieron tal vez, que lo que perseguían no lo encontrarían en los Tribunales o, simplemente, evaluaron que sus argumentos (contrastados con los de la contraparte) no eran lo suficientemente fuertes como para justificar la presentación de una demanda judicial que pudiera prosperar.

Desde esta visión, un proceso de mediación será exitoso, independientemente de que las partes arriben o no a un acuerdo, si el mediador ha podido desarrollar sus técnicas y empleado sus habilidades, utilizando todas las posibilidades que se presenten, con la finalidad de permitir que los participantes aprovechen al máximo la instancia, orientándolos y alentándolos a trabajar en la línea que expusimos”, explicó el capacitador de Libra.

 A modo de reflexión final, Folger y Fariña consideraron que el proceso de mediación brinda a los participantes, al margen del hecho de poder arribar a un acuerdo global o parcial que brinde satisfacción a sus necesidades, la posibilidad de diseñar y poner en práctica su propio sistema de comunicación eficiente, a fin de resolver sus diferencias, que les servirá fuera del ámbito de la mediación para poder seguir utilizando ese mecanismo y todo lo aprendido dentro del proceso, y solucionar cada una de las situaciones que puedan presentarse en el futuro, en el diario vivir.

En una conferencia caracterizada por la constante participación de los asistentes, los expositores recibieron un gran reconocimiento del auditorio cuando concluyó su disertación. Para finalizar, las instituciones organizadoras les obsequiaron presentes institucionales del Superior Tribunal de Justicia y del Gobierno de San Luis.

Redacción: S. Lucero

Corrección: Dra. M. Corvalán

Compartir

Anterior

CONVOCATORIA DE LA PLATAFORMA DE APRENDIZAJE VIRTUAL

Siguiente

EL DERECHO SOCIETARIO Y DE LA EMPRESA EN EL NUEVO SISTEMA DE DERECHO PRIVADO