EL HECHO OCURRIÓ EN UN CAMPO: IMPUTAN A UN HOMBRE POR TENTATIVA DE HOMICIDIO

La Fiscalía de Instrucción N° 1 de la Primera Circunscripción imputó a Domingo Eliseo Fernández por el delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa en perjuicio. En la audiencia de formulación de cargos realizada este jueves al mediodía, el fiscal Francisco Assat dijo que el hecho ocurrió el 9 de septiembre de 2021 en un campo de la localidad de Mármol Verde, Departamento Pringles, y que la víctima es un productor agropecuario y se llama Eleno Albornoz.

El representante del Ministerio Público Fiscal explicó que se trata de una causa residual que pasó el nuevo sistema procesal penal por pedido del imputado. En la presentación del caso ante el Juzgado de Garantía N° 2, Assat relató que Albornoz recorría a caballo junto a otra persona, cuando advirtieron que dos hombres transitaban sin autorización por el campo en una camioneta Toyota Hilux. Al acercarse para preguntar qué hacían en el lugar, se generó una discusión sobre la propiedad de una mina, que escaló rápidamente a la violencia física.

Las personas que estaban en el vehículo eran el imputado Fernández y el geólogo Walter Richi. “La situación fue escalando rápidamente donde Albornoz con un látigo que tenía le propinaba golpes a Fernández, haciendo que tuviera que retroceder hasta llegar a su camioneta”, narró el fiscal.

De acuerdo con la teoría del caso de la Fiscalía, Fernández se resguardó en su vehículo, de donde extrajo un arma de fuego y, tras amenazar al denunciante, le disparó a la cabeza a corta distancia. El proyectil provocó una lesión con orificio de entrada y salida en la zona frontoparietal, lo que derivó en una importante pérdida de sangre.

A pesar de que el herido se refugió en una casa del campo, Fernández y su acompañante, lo siguieron y le propusieron llevarlo a recibir atención médica. Finalmente, fue trasladado al hospital de La Toma y, debido a la gravedad de las heridas, derivado al Hospital Central.

Entre las pruebas presentadas por la fiscalía se encuentran testimoniales, pericias médicas y criminalísticas, y un dermotest que dio positivo en el imputado por deflagración de pólvora.

La calificación legal provisoria del hecho es la de homicidio calificado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa (arts. 79, 41 bis, 42 y 45 del Código Penal). No obstante, al no haberse verificado riesgo procesal ni antecedentes penales, el fiscal solicitó como medida de coerción la firma periódica del libro de imputados y la prohibición de salir de la provincia por 90 días.

“No se ha acreditado ningún riesgo de fuga, el señor tiene arraigo, no hay condenas previas y teniendo en cuenta que el señor está derecho a comparecer, va a solicitar medidas de coerción tendientes a que el imputado esté sometido al proceso, obviamente bajo las advertencias de que en caso de no ser cumplidas voy a solicitar medidas más gravosas para asegurar su comparecencia”, explicó Assat.

La representante de la querella, la abogada Gianina Toneti, adhirió a lo expresado por la Fiscalía y además solicitó una restricción de contacto a favor de la víctima.

Fernández se abstuvo de declarar. Sus abogados defensores, Matías y Esteban Nostray, explicaron que las agresiones las comenzó Albornoz y que Fernández no estaba con su camioneta dentro del campo.

“Lo golpearon y debió resguardarse en la camioneta que se encontraba afuera del campo. La mina que visitó es de su propiedad y los informes y certificados dan cuenta que es el único titular. Es una mina de tungsteno cuya entrada da hacia la ruta provincial N° 10. No fue intrusiva la presencia de mi defendido, él es único autorizado para hacer un cateo y visitar la mina. Por eso estaba con un geólogo ese día”, explicó Esteban Nostray.

Los abogados cuestionaron la calificación legal y pidieron que no se haga lugar a la restricción de acercamiento.

La jueza de Garantía, Agustina Dopazo, luego de escuchar a las partes, dio por formulados los cargos y ordenó una restricción de acercamiento y contacto y la firma del libro de imputados, ambas medidas por tres meses.

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