“EL JUEZ DE FAMILIA TIENE QUE VELAR POR EL NIÑO Y AYUDAR A SU FAMILIA A RECUPERARLO”

Entrevista a la Dra. Mariana Marhaba Mezzabotta, Jueza de Familia y Menores Nº 1 quien profundizó sobre el concepto de “cuidado personal” y el trámite tutelar ejercido por los Juzgados de Familia.

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La flamante Jueza de Familia y Menores Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial, Dra. Mariana Marhaba Mezzabota, -designada con carácter interino por Acuerdo N° 673/17- brindó una extensa entrevista al equipo de la Dirección de Prensa y Comunicación institucional de San Luis, en los que abordó temas de gran interés social sobre familia y menores.  

¿Cuál es la diferencia entre lo que antes se conocía como “tenencia” y lo que hoy el Código Civil define como “cuidado personal”?

Ya no se habla más de tenencia, la tenencia como pertenencia, como algo mío, como trofeo, como que yo me lo quedo porque soy más bueno, o como un premio al mejor de los padres. El nuevo Código Civil vino a romper y quebrar esa estructura social que teníamos siglos atrás. Antes teníamos la idea de que la familia era mamá, papá, los hijos y que esa familia dependía del aporte económico que hacía el padre y el rol que tenía la madre dentro del hogar. No existía esa madre que salía a lucharla día a día, a colaborar con el sostén económico, era un Código realmente estructurado en una ideología machista por decirlo de alguna forma, aunque en realidad no estaba mal para el concepto de la época. Hoy el nuevo Código Civil y Comercial vino a romper con todo esto, vino a aggionarse, a establecer parámetros donde el niño o el adolescente viene a tomar un rol preponderante en lo que es su vida, como sujeto de derecho, y obviamente que tuvimos que aggiornarnos también y acompañar lo que son las Convenciones Internacionales. Eso obliga a los jueces de hoy o a todos los actores, tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Judicial a tener en cuenta esa situación de realidad y de voz cantante que puede llegar a tener este niño.

¿Ante qué situaciones los jueces de familia deben separar a los hijos de uno o ambos de sus progenitores?

Los extremos en los cuales los padres, o la madre o el padre indistintamente, son separados de los chicos generalmente son situaciones extremas de violencia, maltrato, de descuido. Debemos velar por tener todas las herramientas necesarias a la hora de tomar una decisión; informes socioambientales, psicológicos, no solamente los realizados por los peritos del Poder Judicial, si no también pueden ser pruebas aportadas por los profesionales que atienden al menor hace años en terapias particulares. El juez debe hacerse de todas las herramientas y no guiarse por el testimonio de quien denuncia, ya que lo que puede haber escuchado o visto una persona, obviamente está dentro del parámetro de lo que ese individuo cree que está bien o está mal, la estructura que tiene una persona al momento de manifestar una situación que vio, hace que no sea objetivo.

La obligación de denunciar es para todos, con todo lo que eso implica. Muchas veces se judicializan casos que finalmente no eran cuestiones de violencia netamente dicha, por ejemplo problemas escolares, pero está bien denunciar igual. Una situación de violencia entre los padres, también es preponderante a la hora de decidir sobre el cuidado personal del niño, aunque la violencia entre los progenitores no implica violencia hacia los menores, por eso dictada una medida de restricción se tiene que habilitar el contacto entre el niño y su progenitor no conviviente, ya sea mediante régimen supervisado o interpuesta persona, habilitar este contacto es un derecho del niño. Por eso para el juez de familia es muy importante saber que cuenta con un equipo de trabajo comprometido que trabaja al cien por ciento y en algunos casos al trescientos por ciento, porque trabajamos con temas realmente sensibles, no solo para la sociedad, sino también para nosotros mismos.

El imaginario colectivo muchas veces confunde pobreza con abandono o negligencia. ¿El contexto socioeconómico y habitacional es causal de suspensión del ejercicio del cuidado personal?

La pobreza no es causal para sacarle el cuidado personal a ningún padre, la pobreza no se judicializa, así lo establece  la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Pero sí debemos arbitrar los medios para buscarle asistencia y acompañar a esa familia.

¿Qué sucede cuando la Justicia considera que ninguno de los progenitores está en condiciones de asumir el cuidado de sus hijos?

Cuando ni la mamá ni el papá pueden asumir el cuidado personal del niño, se debe buscar en primer lugar un referente afectivo, primero en su familia extensa, siempre hay alguien. Si no hay nadie en su familia extensa, se buscará a un amigo, o conocido. Cuando ya no existe ningún recurso, tenemos al equipo de Familia Solidaria dependiente del Poder Ejecutivo al que nos debemos volcar en el caso de que no exista otra posibilidad. Familia Solidaria, inter el menor permanezca incorporado, también trabaja en la búsqueda de referentes afectivos, aunque esto signifique que se encuentren en otras ciudades o provincias.

¿Qué sucede cuando un niño es incorporado a Familia Solidaria?

Una vez que el niño está incorporado a Familia Solidaria, el Programa no se desentiende de la familia de origen, si no que continúa haciendo todo el trabajo necesario para que puedan volver a revincularse, de hecho tienen un equipo para trabajar a tal fin. Es un trabajo en conjunto entre el Juzgado de Familia y el Ejecutivo Provincial, el trabajo posterior a la orden de la justicia va por vía administrativa.

Cuando se agotan todas las posibilidades, se tiene que iniciar el estado de adoptabilidad. Uno no está para quitar niños, uno tiene que velar por el niño y ayudar a su familia a recuperarlo. El niño tiene que estar con su familia, la incorporación a Familia Solidaria es algo extremo. Salvo en casos muy graves de abuso sexual o maltrato extremo, lo que se busca es revertir la situación para que el niño vuelva a estar con su familia. Si bien las medidas muchas veces se toman de manera abrupta, estamos obligados a rever la situación, porque las relaciones familiares cambian constantemente de un día para el otro, un día nos levantamos y somos otra persona.  

Redacción: V. Besso

Corrección: J.N. Sanchez

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