EL PODER JUDICIAL RETORNA A LAS SEIS HORAS DE TRABAJO PRESENCIAL

La medida entrará en vigencia desde el día jueves, 3 de diciembre, en el horario de 8:00 a 14:00hs.

A los fines de optimizar el servicio de justicia en este contexto sanitario de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, el Superior Tribunal de Justicia estableció modificaciones en los protocolos ya vigentes dispuestos por Acuerdo 247/20, en donde se destacan el retorno a la jornada laboral de seis horas en todas las dependencias judiciales de la provincia, medida que entrará en vigencia a partir del día 3 de diciembre del corriente año.

De esta manera, quedaron establecidas las jornadas laborales para magistrados, funcionarios y empleados del escalafón profesional y administrativo de 8.00 a 14.00hs. -tanto en forma presencial como remota-, horario que se mantendrá inter dure la situación de pandemia.

Respecto al personal de maestranza y servicios, las tareas serán organizadas por la Dirección de Recursos Humanos.

En cuanto a la atención al público, la misma continuará con la modalidad de asignación de turnos de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 8:15 y 13:45 hs., a través del sitio web www.justiciasanluis.gov.ar o descargando la aplicación Justicia Puntana, desde un dispositivo móvil.

Sobre los grupos de riesgo y el retorno al trabajo presencial

En lo que refiere a los grupos de riesgos frente al virus COVID-19, los mismos serán determinados en orden a lo que establezcan las autoridades competentes. No obstante, aquellas personas que continúen comprendidas en estos grupos y no hayan efectuado la justificación de tal pertenencia, tendrán un plazo de siete días a partir de la notificación del Acuerdo 570/20 para hacerlo ante la Dirección de Recursos Humanos. Asimismo, quienes integren los referidos grupos de riesgo, y deseen concurrir a sus respectivas oficinas, deberán manifestarlo a la Dirección de Recursos Humanos, que evaluará medidas de seguridad e higiene particulares adecuadas a cada caso.

Quienes ya no se encuentren en dichos grupos deberán retornar al trabajo presencial.

Por su parte, los progenitores de menores de 12 años de edad, continuarán exceptuados del trabajo presencial.

Asimismo, se recuerda que seguirá vigente el otorgamiento de licencias “tutelar de estado de salud” y “psicoprofiláctica” para el personal que efectivamente preste servicio presencial (Acuerdo 334/20).

 

Sobre la organización del trabajo presencial

Inter dure la actual situación de pandemia Covid – 19, los magistrados y funcionarios deberán garantizar el cumplimiento de seis horas presenciales en sus respectivos organismos, debiendo asegurar la mayor asistencia posible del personal, conforme a la capacidad de ocupación de las oficinas que permitan observar el correcto distanciamiento social, teniendo en cuenta el resguardo de quienes integren los grupos de riesgo según Resolución Conjunta 10/2020 RESFC-2020-10-APN-MS.

La asistencia del personal se acreditará ante la Dirección de Recursos Humanos mediante planilla que deberá enviar el responsable de cada organismo.

 

 

 

Redacción: S. Lucero

 

 

 

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