“EL RÉGIMEN DEL CONTROL DE LAS INTERNACIONES”

Fue el tema de disertación del Profesor Juan Pablo Olmos en el curso de posgrado “Especialización para la Defensa”.

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El pasado sábado 28 de septiembre, el profesor Juan Pablo Olmos estuvo a cargo de la segunda parte de la clase del curso de posgrado “Especialización para la Defensa” y disertó sobre el “Régimen del control de las internaciones de las personas y cuál es el rol de la defensa pública en referencia a las personas que están internadas”.

Al respecto, el docente dialogó con el Centro de Información Judicial y manifestó que con la clase lo que se buscó fue, en primer lugar, desmenuzar el régimen jurídico de control de internaciones, tratar de entenderlo y hacer un abordaje desde varios aspectos. Entender cuál es el rol del defensor y cómo ese régimen puede volcarse a la práctica de un  modo efectivo, para que se traduzca en consecuencias concretas, es el desafío en el cual se enfrenta el defensor.

En referencia a los recursos disponibles de las personas que se encuentran en esta situación, el profesor manifestó que el defensor es el primer recurso con el que se cuenta. El defensor se puede pensar como un mero abogado patrocinante que haga peticiones judiciales en defensa a su defendida, o bien, asignarle un rol proactivo que tenga que ver con el aseguramiento del acceso a la justicia de las personas internadas, en el sentido de remover todos los obstáculos y barreras que les plantea la sociedad y el propio sistema para el ejercicio propio de sus derechos. “Con lo cual, la primera herramienta es el defensor, que la ley plantea y le asegura al sujeto desde el mismo momento de su internación, sumado a un control judicial inmediato. A partir de ahí, el defensor es el que está encargado de tener ese plus en la actuación, sobre todo si es un defensor público que tiene ese compromiso con las instituciones, no sólo para mejorar las condiciones de alojamiento de la persona, sino también verificar que estén en condiciones de permanecer internada el tiempo que tenga que deba estarlo. Esa actuación siempre tiene que estar guiada por la voluntad, los deseos y la preferencia de la persona. A mi entender, el defensor tiene que alejarse de ese rol paternalista protector, rescatar la individualidad del sujeto y a partir de ahí construir medidas de acción para luego aprovechar los recursos que tienen las comunidades para trabajar con la externación, que en definitiva,  permita ser sostenida en el tiempo y evitar nuevas internaciones, situación comúnmente conocida como puertas giratorias”, concluyó el Prof. Olmos.

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