EL ROL DE LA OFICINA JUDICIAL EN LA ACTIVIDAD JURISDICCIONAL

Con la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica de Administración de Justicia, se introdujo el funcionamiento de la Oficina Judicial, una organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional.

La Dra. Karina Cabral, Directora de la Oficina Judicial del Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial, explicó cuál es el rol de esta nueva dependencia, qué acciones desarrolla y reflexionó acerca de los alcances que tiene la reforma judicial que se lleva a cabo en la provincia de San Luis.

¿Cuál es el rol de la Oficina Judicial?

El rol de esta nueva dependencia surge de la modificación de la Ley Orgánica de Administración de Justicia de la Provincia de San Luis, (Ley Nº IV 0086-2021)  acompañando la reforma en material penal, plasmada en el nuevo Código Procesal Penal de nuestra Provincia (Ley NºVI-0152-2021), y que si bien su actuación está expresada en los arts. 72 y 73 de la normativa citada en primer lugar, no se agota en ello, porque es una organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional.

¿ Qué acciones concretas  se desarrollan para preparar un juicio?

La Oficina Judicial se debe adecuar a los principios que la sustentan, que son varios, entre ellos, la efectividad, la racionalidad en el trabajo, la mejora continua, la coordinación y la cooperación entre administraciones, lo que hará que esté en constante movimiento, innovando, para satisfacer las necesidades que permitan llevar a cabo el debate oral en el tiempo correspondiente, y por ello debe concertar con las partes, la planificación de los actos que se desarrollarán a partir del inicio del mismo, y con posterioridad, para que culmine en la fecha fijada, por ello en aquellas causas complejas o que ocasionen interés para la sociedad, o en las que se pudiera requerir,  he mantenido con las partes reuniones de preparación del juicio en los términos del art.176 del CPP, siendo esto muy importante ya que denota la igualdad de todos los que participarán en el debate, nos escuchamos, acordamos, sugerimos, para unificar los procesos de trabajo de manera que se logre una gestión transparente.

Entiendo que con planificar la actividad de la Oficina Judicial se pretende no solo optimizar la actividad judicial internamente, sino también fortalecer la publicidad de la labor del Poder Judicial.

Por esa razón se irán dando a conocer criterios y resoluciones de los integrantes del Colegio de Jueces de esta 2º C.J, como    Tribunal o Juez Unipersonal, quienes deciden o resuelven conforme el nuevo C.P.P.

¿Cómo está integrada la Oficina Judicial en la Segunda Circunscripción Judicial?

Quiero destacar que a esta oficina Judicial, la integran dos secretarios más, los Dres. Héctor Lazzari y José Domínguez Molto y el personal de la Ex. Cámara Penal Nº1 y Nº2, y que la mayoría desempeñamos tareas pertenecientes a la oficina como a lo residual, no solo hicimos una modificación física en el espacio que ocupamos, para estar todos juntos, sino que además estamos intentando construir un esquema diferente de trabajo, respetando el rol y el tiempo de cada integrante, fortaleciendo la labor en equipo, aprovechando los talentos de los agentes judiciales e incrementar así su motivación, no será fácil pero lo intentaremos, mejorando los procedimientos existentes, e incluso, inventando otros nuevos, dentro de nuestras facultades.

¿Qué implica la reforma judicial que se está llevando a cabo en la provincia de San Luis?

La reforma apareja grandes cambios, otro paradigma, otra forma de satisfacer las necesidades del justiciable, pero también de los que componemos el poder judicial, pero eso no se logrará sino empezamos a vencer barreras, aprendiendo a comunicarnos de otra manera, y eso requiere esfuerzo, pasión, e individuos dedicados.

LEY ORGÁNICA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

ARTÍCULO 72.- La Oficina Judicial es una organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional. Su estructura se sustenta en los principios de jerarquía, división de funciones, coordinación y control. Son principios rectores en la actuación de la Oficina Judicial: la celeridad, la desformalización, la eficiencia, la eficacia, la efectividad, la racionalidad en el trabajo, la mejora continua, la vocación de servicio, la responsabilidad por la gestión, la coordinación y la cooperación entre administraciones, a fin de brindar mayor acceso a la Justicia.- Para la organización de la agenda judicial debe procurarse que la distribución del trabajo sea razonable, objetiva y equitativa. Deben establecerse procesos de monitoreo permanente a fin de evitar las frustraciones de las audiencias programadas e informar a los responsables, a los fines de que se impongan las sanciones correspondientes.- La Oficina Judicial debe garantizar la registración íntegra en audio y/o video de todas las audiencias y juicios orales.- La administración de la Oficina debe realizar los esfuerzos necesarios para mantener la coordinación y comunicación con las distintas dependencias del Estado que intervienen regularmente en un proceso penal. El diseño de cada Oficina Judicial debe ser flexible. Su estructura es establecida por el Superior Tribunal de 52 Justicia en cada circunscripción judicial, conforme a las necesidades de la misma.-

ARTÍCULO 73.- La Oficina Judicial tiene la función de asistir a los Colegios de Jueces, siendo responsabilidad del director y de los funcionarios, que de ella dependan, organizar las audiencias, dictar las resoluciones de mero trámite, ordenar las comunicaciones y emplazamientos, organizar los registros y estadísticas, dirigir al personal auxiliar, informar a las partes, colaborar en los trabajos materiales que el Juez o Tribunal le indique.- Debe ser dotada del personal administrativo que sea necesario para su normal desarrollo y eficiente desempeño, y conforme a los cargos asignados por Ley de Presupuesto. En ningún caso los integrantes de la Oficina Judicial pueden realizar tareas propias de la función jurisdiccional. La Oficina Judicial depende jerárquicamente del Superior Tribunal de Justicia.

 

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

 

 

 

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