EL STJ HIZO LUGAR A UN RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Y DE CASACIÓN EN UNA CAUSA LABORAL

Ordenó modificar el monto de indemnización que se le deberá pagar a un trabajador. El fallo marca una pauta orientadora para la cuantificación de daños ocasionados por infortunios laborales.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia de San Luis resolvió un recurso de casación, hizo lugar a un recurso de inconstitucionalidad en una causa laboral y ordenó modificar el monto de la indemnización que deberá percibir un trabajador. Asimismo, en el recurso de casación, estableció como pauta orientadora para determinar la cuantificación del daño por infortunios laborales la fórmula matemática “Méndez”.

La causa inició con la demanda laboral por enfermedad de trabajo interpuesta por el actor persiguiendo el cobro de la suma de $40.576,79 y/o lo que resultare de la prueba a rendirse o se fijara razonablemente en concepto de reparación integral por el daño sufrido.

La sentencia de primera instancia (S.D. Nº 23 de fecha 19/02/2015) hizo lugar a la demanda condenando al accionado a abonar al actor la suma de $ 49.740 con más intereses. En este sentido consideró acreditado el daño (49% de la T.O.), la relación de causalidad adecuada entre las lesiones sufridas y el hecho denunciado como generador de las mismas.

Mediante Sentencia Nº 142, de fecha 22/08/2017 la Cámara Civil, Comercial, y Minas N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial resolvió confirmar en lo principal la sentencia de primera instancia y modificar el monto de la condena, fijando el mismo en la suma de $ 390.000 en concepto de daño material y la suma de $ 78.000 en concepto de daño moral. Contra esta última resolución la parte demandada dedujo los recursos de casación e inconstitucionalidad.

Al plantear el recurso de inconstitucionalidad, el demandado sostuvo que en el fallo de la Cámara no existió un fundamento razonable para cuantificar el daño, por lo que el pronunciamiento devenía arbitrario. Y en el recurso de casación, sustentó que existían diversidad de criterios en las Cámaras de Apelaciones provinciales en relación a la cuantificación del daño, por que lo que solicitaba al STJ, fijara una pauta orientadora clara para el futuro de modo que existiera un criterio uniforme en los tribunales provinciales, de forma tal de garantizar la seguridad jurídica y la previsibilidad.

Finalmente, pasados los autos para resolver, el Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia interpuesto por el demandado, dejando sin efecto la Sentencia Definitiva Nº 142, de fecha 22/08/2017.

Asimismo, el Alto Cuerpo estableció como pauta orientadora para determinar la cuantificación del daño por infortunios laborales la fórmula matemática “Méndez”, señalada en el fallo como la más razonable y la que brinda mayor protección al trabajador.

Por otra parte, mediante la sentencia definitiva Nº 97/2019 – de fecha cuatro de junio de 2019-, el STJ condenó al demandado a abonar al actor la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICINCO con 01/100 ctvos. ($ 74.525,01) en concepto de daño material, y PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CINCO ($ 14.905), en concepto de daño moral.

Para acceder al fallo completo dictado por el Superior Tribunal de Justicia haga click aquí

Redacción: R. Zitta

Corrección: G. Campana

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