ELECCIONES 2013: LO QUE HAY QUE SABER

La Secretaria Electoral Provincial brindó información sobre los actos eleccionarios que se desarrollarán este año.

Dra. Martha Raquel Corvalán

Con motivo de las elecciones legislativas convocadas para el presente año, la Secretaria Electoral de la Provincia de San Luis, Dra. Martha Raquel Corvalán, dio a conocer datos importantes que se deberán conocer para los próximos comicios:

¿Qué se vota en las elecciones legislativas?

Las elecciones legislativas en la Provincia de San Luis se realizan con el objetivo de renovar la mitad de los miembros de la Cámara de Diputados Provinciales y la mitad de los miembros de la Cámara de Senadores Provinciales, Concejales Municipales, Intendentes Municipales de algunas localidades en el Decreto 2103/13 del Poder Ejecutivo Provincial e Intendentes Comisionados Municipales.

Asimismo, también se debe mencionar que se va a elegir por la Provincia tres (3) Diputados Nacionales.

¿En qué consisten las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias?

Son las elecciones donde se eligen los candidatos para cargos públicos electivos y de habilitación de partidos y de alianzas para competir por tales cargos. Esta elección se realizará el próximo 11 de agosto de 2013.

¿Cuándo se realizan las elecciones generales?

Serán el próximo 27 de octubre elegimos a nuestros representantes para distintos cargos electivos nacionales y provinciales, entre los candidatos proclamados en las Elecciones Primarias.

¿Quiénes están habilitados para votar?

Podrán votar todas las personas que están inscriptas en el Padrón General, que tengan desde 16 años hasta 70 años. Es un deber, una obligación de aquellos ciudadanos que están incluidos dentro de estos límites ir a votar, tanto para las elecciones primarias, como para las generales.

¿Cuáles son los jóvenes que están habilitados para votar?

Votan todos aquellos que tengan 16 años cumplidos, o al 27 de octubre de 2013, cumplan los 16 años, siempre y cuando hayan tramitado el DNI.

¿Qué necesita el joven de 16 años para tramitar su DNI y en qué lugar debe hacerlo?

Debe gestionarlo en el Registro Civil. Para ello deberán llevar una fotocopia del Acta de Nacimiento y a partir de allí se inicia el trámite.

¿Es obligatorio el voto del joven de 16 años?

No, no es obligatorio. Es optativo.

¿Dónde se puede consultar el padrón?

En la página web: www.padron.gob.ar o llamar al 0800-999-7237 o la opción de enviar un mensaje de texto al 64646, ingresando la palabra “voto” (espacio) y el número de DNI seguido de la letra “M”, si el elector es masculino o “F” si es femenino.

También se pueden realizar consultas en Secretaría Electoral de la Provincia y en la Mesa de Informes del Poder Judicial de San Luis, sito en Rivadavia Nº 340.

¿Hasta cuándo se pueden realizar observaciones en el padrón provisorio?

Hasta el próximo 25 de Mayo. Una vez transcurrida esta fecha, no se podrá efectivizar ningún pedido -ni siquiera posterior a las elecciones primarias- ya que se utilizará el mismo padrón tanto para las elecciones primarias como para las generales.

¿Dónde se deben hacer los reclamos?

En las direcciones que a continuación se detallan:

* En la Secretaría Electoral de la Nación sita en Colón 654 1º piso de la Ciudad de San Luis.

* Por Vía Postal gratuita descargando el formulario de reclamos de www.padron.gob.ar

¿Qué tipo de documentos se van a utilizar para poder votar?

Se utilizará el Documento de Identidad, tapa celeste o tapa verde; Libreta de Enrolamiento; Libreta Cívica; el Documento Tarjeta e inclusive aquellos documentos que dicen “no válidos para votar” serán permitidos para emitir el voto.

¿Qué es lo qué se elige en la provincia de San Luis?

* 3 Diputados Nacionales

* 22 Diputados Provinciales:

  • 10 por el Departamento Pueyrredón
  • 3 por el Departamento Vicente Dupuy
  • 3 por el Departamento Junín
  • 3 por el Departamento Pringles
  • 3 por el Departamento Belgrano

* 4 Senadores Provinciales:

  • 1 por el Departamento Belgrano
  • 1 por el Departamento San Martín
  • 1 por el Departamento Ayacucho
  • 1 por el Departamento General Pedernera.

* 60 Concejales Municipales:

Departamento Pueyrredón

  • 7 por la Ciudad de San Luis
  •  2 por la Ciudad de Juana Koslay
  • 2 por la Ciudad de La Punta

Departamento General Pedernera

  • 6 por Ciudad de Villa Mercedes
  • 5 por la Ciudad de Justo Daract

Departamento Pringles

  • 4 por la Ciudad de La Toma

Departamento Dupuy

  • 2 por la Localidad de Buena Esperanza
  • 2 por la Localidad de Unión

Departamento Chacabuco

  • 3 por la Localidad de Concarán
  • 3 por la Localidad de Tilisarao
  • 2 por la Localidad de Naschel

Departamento Ayacucho

  • 3 por la Localidad de Quines
  • 3 por la Localidad de San Francisco
  • 2 por la Localidad de Luján
  • 2 por la Localidad de Candelaria

Departamento Junín

  • 3 por la Localidad de Santa Rosa
  • 5 por la Localidad de Merlo

Departamento San Martín

  • 2 por la Localidad de San Martín

Departamento Belgrano

  • 2 por la Localidad de Villa General Roca

* 5 Intendentes Municipales:

Departamento Pueyrredón

  • Juana Koslay

Departamento Dupuy

  • Unión

Departamento Chacabuco

  • Naschel

Departamento Ayacucho

  • Luján

Departamento Belgrano

  • Villa General Roca

* 3 Intendentes Municipales Comisionados:

Departamento Pueyrredón

  • Beazley (Elige Intendente comisionado Municipal más suplente)
  • Potrero de los Funes

Departamento Belgrano

  • La Calera

¿Qué debe tener en cuenta el ciudadano que desea postularse para las elecciones?

Aquella persona que tiene intención de ser candidato para las Elecciones Generales del próximo 27 de Octubre, deberá presentarse “si o si” a las Elecciones Primarias. Lo debe hacer por una categoría, por una lista y por un partido político. Sino lo hace a través de este proceso, no podrá presentarse después el 27 de octubre en las Elecciones Generales.

Asimismo, sino resultó electo en las Elecciones Primarias, no puede presentarse después el 27 de octubre por otra lista, por otro partido político o por otra categoría.

¿Es obligatorio votar en las Elecciones Primarias y Generales?

Sí. Ambas instancias son obligatorias.

¿Los 2 actos eleccionarios se realizarán en el mismo lugar?

Sí, se habilitarán los mismos lugares de votación, los cuales son establecidos por la Justicia Electoral Nacional. En el caso que exista algún inconveniente, se dispondrá otro espacio, previa comunicación a los ciudadanos.

¿Qué sucede si no se vota?

En este caso el Código Electoral de La Nación prevé sanciones para quienes incurran en esta omisión de votos. Aparte de la multa que se aplica por no presentarse a votar, la persona no podrá ser designada funcionario judicial ni empleado público por 3 años.

¿En qué casos la persona está exenta de votar?

* Cuando la persona sea mayor de 70 años.

* Cuando la persona se encuentre a 500 km, o más, del lugar donde debe votar, deberá dirigirse a la Comisaría de la zona para que le extiendan un certificado donde acredite que se encuentra ese día en determinado lugar.

* Cuando la persona se encuentra internada por motivos de salud, acreditándose dicha situación con un certificado médico.

¿Cómo se designan los titulares de mesa?

Las personas son elegidas del padrón electoral. Si se designan tienen el deber de aceptarlo, es una carga. No obstante en el caso que no asistan, deberán acreditar la causal.

Como estas elecciones son simultáneas, la mayoría de la actividad electoral está a cargo de la Secretaría Electoral de La Nación. Esto es: aprobación de boletas, designación y cantidad de mesas y autoridades de mesa y designación de delegados judiciales para las elecciones.

¿Como será el sistema de votación?

Para los documentos viejos –Libretas de Enrolamientos, Libretas Cívicas, DNI tapa verde o celeste- se sellará el documento. Para los Documentos Tarjeta se les extenderá un troquel, dejando constancia en el padrón, el voto del ciudadano. Dicho troquel contiene el dato del día de voto, si fue una elección general o legislativa con el sello y la firma del Presidente de Mesa.

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