ELECCIONES PROVINCIALES 2025: ¿QUÉ PASA SI NO VOTASTE?

Finalizados los comicios en la provincia de San Luis, la Secretaría Electoral Provincial recuerda a la ciudadanía que el voto, además de ser universal y secreto, es obligatorio, por lo que las personas que no pudieron concurrir a sufragar deberán justificar su ausencia (Ley N° 4990).

¿QUÉ PASA SI NO VOTÉ?

Quienes no hayan emitido su voto este 11 de mayo en San Luis, podrán tener una sanción económica que puede variar entre $50 y $500, lo que dependerá de la cantidad de infracciones previas acumuladas, que se pueden visualizar en el sitio web del Registro de Infractores.

¿CÓMO JUSTIFICO LA NO EMISIÓN DEL VOTO?

Los electores y electoras deberán enviar un correo a juzgado_electoral@justiciasanluis.gov.ar, justificando su inasistencia. Asimismo, deberán adjuntar certificados o comprobantes si los hubiere.

El plazo para justificar la No emisión del voto ante la Justicia Electoral Provincial vencerá el 10 de julio del corriente año (60 días después de celebradas las Elecciones Generales- Art. 72 del Código Electoral Nacional).

¿QUIÉNES QUEDAN EXCENTOS DE VOTAR?

– Los electores mayores de 70 años.

– Los jueces y sus auxiliares que por disposición de esta ley, o su reglamentación, deben asistir a sus oficinas y tenerlas abiertas durante las horas de las elecciones.

– Los que estuvieran enfermos o imposibilitados físicamente o por fuerza mayor debidamente comprobada, que les impida concurrir a los comicios.

– Los que el día del acto electoral se encuentren a más de 100 kilómetros del lugar de los comicios en que les corresponde votar, circunstancia que deberán comprobar con certificado expedido por el juez del lugar donde se encuentre el elector.

 

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