ENCARCELAMIENTO PREVENTIVO POR INCUMPLIR UNA ORDEN JUDICIAL

La audiencia se desarrolló en el Juzgado de Garantía Nº 3 de la Segunda Circunscripción Judicial.

Este viernes, la justicia ordenó el encarcelamiento preventivo para un hombre imputado por desobediencia a una orden judicial.

La formulación de cargos se realizó el 25 de octubre, en donde se le imputaron cargos por el delito de desobediencia a una orden judicial (art. 239 del Código Penal) por no cumplir con una prohibición de acercamiento ordenada. En dicha audiencia se concedió una prórroga de detención.

En la audiencia de vencimiento de prórroga de la detención se ratificaron los cargos en forma provisoria  y se ordenó la medida de encarcelamiento preventivo que fue solicitada por el representante del Ministerio Público Fiscal, al pedirla,  el Fiscal argumentó que hay riesgos procesales acreditados, que existe un menosprecio por el respeto a las decisiones judiciales, riesgo para la integridad de la víctima y su familia, asimismo hizo mención a la sentencia de juicio abreviado por el cual estaba cumpliendo una condena en suspenso, el peligro de fuga.

La Defensa se opuso, expresó que es gravosa, solicitó que se tenga en cuenta la edad, que está estudiando, que no se configura el peligro de fuga, que tiene arraigo, las características del hecho y que no existió violencia ni peligro para la integridad de la víctima.

La Dra. Mirta Ucelay –Juez de Garantía Nº 3- ordenó la prisión preventiva a cumplirse en el Servicio Penitenciario Provincial, entre sus argumentos, consideró el principio de objetividad del sistema, que la evidencia es suficiente y reúne los elementos necesarios de convicción que demuestra la existencia del hecho y la posible participación del imputado. Tuvo en cuenta los requisitos del art. 202, 203 inc. C del Código Procesal Penal, y el comportamiento que demostraría un descreimiento de las medidas dispuestas en la sentencia de juicio abreviado. Con respecto a la víctima, todo se dio en un contexto que  permite visualizar que existe un peligro, dijo.

La Defensa por su parte solicitó la revisión de la medida de coerción, por lo que será elevado al Tribunal de Impugnación.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino el Dr. Leandro Estrada –Fiscal de Instrucción Nº 4- y cono Defensor, el Dr. Alí Ángel Gay. Como Secretaria intervino la Dra. Natalia Pereyra Cardini.

Cabe mencionar que en una sentencia de juicio abreviado el imputado fue condenado a 2 años y seis meses de prisión en suspenso por ser autor penalmente responsable por los delitos de amenazas calificadas por ser anónimas y resistencia a la autoridad y condenado a una pena de 2 años y seis meses de prisión en suspenso. Entre las pautas de conducta, se ordenó fijar residencia, restricción de acercamiento (recíproca) y todo tipo de contacto por cualquier medio, y/o de efectuar publicaciones que la mencionen, señalen, indiquen o contengan imágenes de la misma en forma directa o indirecta, tratamiento terapéutico, etc.

Uno de los hechos por los que se juzgó al acusado -amenazas calificadas por ser anónimas- fue denunciado el 5 de julio de 2023, el imputado amenazó a una mujer utilizando un perfil donde ocultaba su identidad bajo el nombre de la propia damnificada, y en un segundo perfil amenazó a las amigas de la denunciante, utilizando otro nombre. El otro delito –resistencia a la autoridad- ocurrió el 13 de diciembre de 2022 en un allanamiento en donde el imputado estrelló su celular contra el piso resistiendo el allanamiento emitiendo insultos, además con la intención de impedir la obtención de prueba forcejeó con otros policías.

 

Para mayor información sobre este caso, ingresar a los siguientes enlaces: 

https://www.periodicojudicial.gov.ar/imputado-y-detenido-por-amenazar-a-una-mujer-por-redes-sociales/

https://www.periodicojudicial.gov.ar/imputado-en-causa-por-amenazas-debera-cerrar-sus-redes-sociales/

https://www.periodicojudicial.gov.ar/elevan-a-juicio-causa-por-amenazas-calificadas-por-el-anonimato/

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

 

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