FACILIDADES DE PAGO PARA TASAS DE JUSTICIA ADEUDADAS

Se podrán abonar al contado con un descuento del 10 % sobre el total, o en hasta 36 cuotas con un mínimo interés.

Mediante Acuerdo Nº 25/19, el Superior Tribunal de Justicia estableció un régimen de facilidades de pago para las Tasas de Justicia adeudadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2019.

A este plan de pago, podrán incorporarse las deudas por tasas judiciales anteriores al 31 de diciembre de 2019 -se hallen o no intimadas, en proceso de determinación, recurridas en cualquiera de sus instancias sea en sede administrativa, jurisdiccional o judicial, las sometidas a juicio de apremio en cualquiera de sus etapas procesales-, y/o en concurso preventivo o quiebra, relativas a los gravámenes.

Cabe destacar que como modalidad de pago, se dispuso que el pago de contado tendrá un descuento del 10 %, hasta el límite del capital. En caso de optar por el pago mediante cuotas, las mismas serán iguales, mensuales y consecutivas, hasta un máximo de 36, sobre las cuales se fijarán intereses de la siguiente manera:

CANTIDAD DE CUOTAS PACTADAS          TASA A APLICAR (mensual)

De 01 a 12                                                                          1,5 %

De 13 a 36                                                                         2,0 %

Para mayor información, haga CLICK AQUÍ.

Redacción: J.N. Sanchez

Corrección: V. Besso

Compartir

Anterior

SE REALIZA EL CONCURSO PARA JUEZ Y DEFENSOR MULTIFUERO DE BUENA ESPERANZA

Siguiente

JUZGARÁN AL CONDUCTOR QUE ATROPELLÓ A UN MOTOCICLISTA EN LA ESQUINA DE BOLIVAR Y MAIPÚ