Mediante Acuerdo Nº 323/24 del Superior Tribunal de Justicia, Resoluciones Nº 20 y 22 del Ministerio Público Fiscal y Resolución Nº 59 del Ministerio Público de la Defensa, se designó a los magistrados, funcionarios y empleados que atenderán los asuntos urgentes durante el receso judicial del mes de enero de 2025. Esta medida comprenderá a todas las dependencias del Poder Judicial, Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa.
La feria judicial se extenderá desde el miércoles 1º hasta el viernes 31 de enero de 2025, inclusive. El horario de atención al público será de 08:00 a 13:00 hs.
Cabe señalar que, conforme a los arts. 19 y 20 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia Nº IV-0086-2021, durante el período de feria judicial sólo se atienden asuntos urgentes, tales como:
- Las medidas cautelares.
- Las denuncias por la comisión de delitos de acción pública o dependientes de instancia privada.
- Las quiebras y concursos, y las medidas consiguientes a los mismos.
- Las acciones y recursos de garantías individuales.
- Todos los demás asuntos cuando se justifique prima facie por el interesado, que se encuentra expuesto a la pérdida de un derecho o a sufrir graves perjuicios si no se le atiende.
- El cobro de remuneraciones.
- El trámite y cobro de honorarios profesionales.
A continuación, se puede acceder a la acordada y resoluciones que establecen la feria en los distintos organismos judiciales, en las Tres Circunscripciones Judiciales:
Acuerdo-323Res 20 MPF (2)
Res 22 MPF
Res 59 MPD (1)