FORMULARON CARGOS CONTRA UN JOVEN QUE INTENTÓ SUSTRAER UN AUTO EN LA ZONA DE PASOS MALOS

Nota aclarativa: en virtud del principio de inocencia, consagrado como garantía constitucional, no se consignan los datos identificatorios del imputado hasta tanto se resuelva su situación procesal de manera definitiva.

Este jueves, el Juez de Garantía provisorio N°1 de la Tercera Circunscripción, Dr. Matías Farinazzo Tempestini, hizo lugar a la formulación de cargos en contra de M.E.B., de 21 años, por los delitos de violación de domicilio y hurto en grado de tentativa.

De acuerdo a la teoría del caso de la fiscalía, el hecho ocurrió el miércoles 9 de agosto del corriente año, alrededor de las 8:30 de la mañana, en una propiedad ubicada en la zona de Pasos Malos, en la Villa de Merlo.

M.E.B. ingresó por una tranquera e intentó sustraer el vehículo del propietario.

Al escuchar la alarma del auto, el dueño salió de su vivienda y comenzó a forcejear con el delincuente, hasta que logró reducirlo y dar aviso a la policía, que procedió a su detención por orden de la fiscalía.

En la audiencia celebrada este 10 de agosto, las representantes del Ministerio Público Fiscal, Dras. Débora Antonella Roy Gitto, Silvina Ayelén Argüello y Lorena Ohanian; formalizaron la imputación contra M.E.B. como autor material y penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio y hurto en grado de tentativa, en concurso real.

Asimismo, requirieron un plazo de 30 días para finalizar la investigación preparatoria, a efectos de definir la situación procesal del imputado, haciéndole saber al mismo que deberá someterse al proceso, presentarse a cada citación que se le curse, abstenerse de obstaculizar la investigación e informar sobre cualquier ausencia de su domicilio que pudiera prolongarse por más de un mes.

Finalmente, le advirtieron que, de no presentarse a una citación de la Fiscalía, se dispondrá su comparendo por la fuerza pública y que la ausencia prolongada de su domicilio dará motivo para que el Juez ordene su detención y, en su caso, declare su rebeldía y disponga su captura.

M.E.B. se abstuvo de declarar, y nombró como representante a la Dra. Mirtha Moreno, Defensora Oficial Adjunta en lo Penal de la Tercera Circunscripción, quien negó que los hechos hayan sucedido de la manera en que los expuso la fiscalía. Asimismo, negó que su defendido hubiera ingresado a la propiedad con fines delictivos, reservándose su teoría del caso para el momento procesal oportuno.

Luego de escuchar a las partes, el magistrado resolvió tener por formulados los cargos en contra de M.E.B., haciendo lugar al plazo de 30 días para el desarrollo de la investigación.

Finalmente, ordenó la inmediata libertad del detenido, en virtud del artículo 9 del Código Procesal de la provincia, que establece el derecho del imputado de permanecer en libertad durante el proceso, salvo en los casos estrictamente reglados por dicha norma.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

Fuente: Dra. Silvina Ayelén Argüello, Fiscal Provisoria Adjunta de la Tercera Circunscripción Judicial

 

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