FRANCO ESCOBAR: COMENZÓ EL JUICIO ORAL

En la Sala de Juicios Orales Nº 2 de San Luis. Se pidieron 4 años de prisión y 10 años de inhabilitación en el ejercicio de la profesión para los acusados.

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Hoy, en horas de la mañana, en la Sala de Juicios Orales N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial, dio inicio el debate oral en donde se juzga a los Dres. José Luis Quintero y María del Carmen Zalazar, por la muerte del menor Franco Emiliano Escobar (de 13 años de edad). El hecho ocurrió el 13 de julio de 2007, a raíz de una supuesta mala praxis realizada en el Complejo Sanitario San Luis, lugar donde el menor ingresó con una fractura de fémur y luego de permanecer 21 días internado, falleció a causa de un shock hipovolémico agudo.

Los profesionales son investigados en razón de que la Dra. Salazar -Jefa del Área de Traumatología- intervino quirúrgicamente al menor; y el Dr. Quintero -Médico Pediatra-, fue quien lo tuvo a su cuidado mientras duró la internación y quien autorizó la cirugía.

El Tribunal a cargo del proceso está integrado por los Dres. Hugo Guillermo Saá Petrino, Gustavo Miranda Folch y Fernando Julio De Viana; como Secretaria subrogante, la Dra. Corina Stagnitta. Como Fiscal de Cámara se desempeña el Dr. Fernando Rodríguez, como Representantes del damnificado, los Dres. Pedro y Gonzalo Agundez, y los Abogados Defensores, Dres. Carlos Salomón -por José Luis Quintero- y Carlos Robledo -por María del Carmen Zalazar-.

Dando inicio al debate, se leyó la requisitoria fiscal, en donde se solicitó la pena de 4 años de prisión y 10 años de inhabilitación en el ejercicio de la profesión para ambos acusados.

Luego, los defensores de los imputados plantearon cuestiones preliminares. El Dr. Carlos Salomón planteó la nulidad de la declaración indagatoria de su defendido, en subsidio la nulidad de la requisitoria fiscal y por último, la inoponibilidad de la pericia realizada, en la que no tuvo participación Quintero. “Nadie se puede defender si no sabe de lo que se lo acusa”, expresó el Dr. Salomón en alusión a la declaración indagatoria y a la requisitoria fiscal, en las que no fueron enunciadas con precisión y claridad, cuáles eran las circunstancias que se le imputaban.

Por su parte, el Dr. Carlos Robledo adhirió a la petición del Dr. Salomón en relación a su defendida. Por lo que solicitó la nulidad absoluta de la declaración indagatoria de Salazar, así como todos los actos en consecuencia de la misma.

Seguidamente, el Tribunal corrió traslado al Fiscal de Cámara quien resaltó que “no hay prevaloración de cuál derecho constitucional es más importante que otro”. Y continuó expresando que respecto a las declaraciones indagatorias de los imputados, “se les leyó a ambos el auto por el cual se los llamó a indagatoria y por lo tanto, no se advierte violación alguna” y añadió que “para la indagatoria lo único que se exige, es el estado de sospecha”.

Seguidamente, pidió que se rechace el pedido de nulidad de las dos indagatorias. En relación a la requisitoria fiscal remarcó que ya se cumplió el acto y respecto del pedido de inoponibilidad de la pericia, sostuvo que “el acusado tenía conocimiento, lo cual está relatado en autos, leídos oportunamente”, aclaró el Dr. Rodríguez.

Por último, los Representantes del particular damnificado -Dres. Pedro y Gonzalo Agundez-, adhirieron a los argumentos esgrimidos por el Fiscal de Cámara, afirmando que se pretende avasallar el principio de preclusión.

“Queremos adentrarnos en el debate, porque necesitamos llegar a la verdad real”, por lo que solicitaron que se rechacen los planteos de nulidad de las declaraciones indagatorias y requisitoria fiscal.

A continuación, el Tribunal de la Cámara Penal Nº 1, llamó a cuarto intermedio, e informó que la audiencia oral continuará mañana, 5 de noviembre, a las 9:30 hs.

Redacción: J.N.Sanchez

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