HOMICIDIO DE JOSE ACOSTA EN EL BARRIO EVA PERÓN I: NOVEDADES EN LA CAUSA

Los representantes de la defensa de ambos imputados plantearon una apelación de la calificación legal en relación al agravante y solicitaron la eximición de prisión y/o el otorgamiento de medidas menos gravosas.

Hoy se desarrolló una audiencia en el Tribunal de Impugnación de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial en el marco de la causa en donde se investiga el homicidio de José Acosta.

El hecho investigado  sucedió el pasado 17 de abril a la madrugada en el Barrio Eva Perón Nº 1 de Villa Mercedes y  tuvo como víctima fatal a José Acosta. La audiencia de formulación de cargos se llevó a cabo el pasado 20 de abril y es ahí donde dos  hombres resultaron imputados por el delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego. Como medida de coerción se ordenó la prisión preventiva por el término de 4 meses.

En representación del Ministerio Público Fiscal estuvieron presentes la Dra. Daniela Torres, Fiscal de Instrucción Nº 2 y el Dr. Gabriel Lucas Macías, fiscal adjunto. En representación de uno de los imputados intervino la Dra. Eliana Pradel y  por el otro, el Dr. Valentín Rivadera. Como secretaria actuó la Dra. Analía Dalmasso.

La Dra. Eliana Pradel, defensa de uno de los acusados –presente desde el Servicio Penitenciario por Cisco Webex- planteó la apelación de lo dispuesto en la audiencia de formulación de cargos en relación a la calificación legal y al agravante. Dijo, entre otras argumentaciones, que se trató de una resolución arbitraria, carente de fundamentación legal y en donde se han violentado principios y garantías constitucionales.

 Asimismo, solicitó la eximición de prisión y una medida cautelar menos gravosa ya que ambos imputados tienen arraigo y que son sostén de familia. 

Por otro lado, el Dr. Valentín Rivadera presente desde el Servicio Penitenciario por Cisco Webex- en representación del segundo imputado, adhirió y compartió en todos los términos lo manifestado por la Defensora Oficial. El defensor solicitó la inaplicabilidad del agravante establecido en el Art. 41 bis del Código Penal y expresó en su alegato que resulta una violación a las garantías constitucionales.

Con respecto a la medida de coerción personal, dijo que la que mantienen actualmente resulta desmedida y gravosa para ambos imputados. Pidió el cese de la prisión preventiva o que se imponga una menos gravosa.

Agregó que es un hecho confuso, dudoso, y que existen elementos que podrían llegar a entender que fue un hecho defensivo y no por ataque.

Artículo 41 bis Código Penal: Cuando alguno de los delitos previstos en este Código se cometiera con violencia o intimidación contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego la escala penal prevista para el delito de que se trate se elevará en un tercio en su mínimo y en su máximo, sin que ésta pueda exceder el máximo.

Luego, el tribunal cedió la palabra a la Dra. Daniela Torres quien realizó una descripción de los hechos sucedidos y de las acciones que se han llevado a cabo en la investigación. Expresó que se debe sostener la calificación legal y la medida de coerción impuesta. Asimismo, hizo mención de la evidencia que resta incorporar a la causa.

Finalmente, el tribunal integrado por las Dras. María Monserrath Bocca, Cintia Paola Martín y Yanina del Viso informó que se pasará a resolver en el plazo de Ley debido a la complejidad de la causa y al análisis exhaustivo que se debe hacer de la evidencia.

Para más información sobre este caso, ingresar a los siguientes enlaces:

https://www.periodicojudicial.gov.ar/tres-imputados-por-el-homicidio-en-el-barrio-eva-peron-n-1-de-villa-mercedes/

HOMICIDIO EN EL BARRIO EVA PERÓN 1 DE VILLA MERCEDES: PRISIÓN PREVENTIVA PARA LOS DOS IMPUTADOS

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

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