HOMICIDIO EN EL BARRIO SAN JOSÉ: AUDIENCIA DE REVISIÓN DE MEDIDAS DE COERCIÓN

El Tribunal de Impugnación de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial resolvió que, mientras continúe la investigación,  y por el plazo de 90 días, seis personas continuarán alojadas en el servicio penitenciario provincial.

En una audiencia que comenzó ayer y continuó en la jornada de hoy, los abogados defensores  explicaron los motivos por los que solicitaron la revisión de la medida de coerción – prisión preventiva – ordenada para las ocho personas que habrían participado en el  homicidio de Gastón Pastrán, ocurrido en el barrio San José de Villa Mercedes. El Tribunal de Impugnación de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial – presidido por el Dr. Hernán Herrera, y con el Dr. Sebastián Cadelago Filippi y la Dra. Virna Eguinoa como vocales subrogantes-  escuchó los argumentos de cada una de las partes y a los imputados, y resolvió confirmar la prisión preventiva para 6 personas, ordenar la libertad de otra y disponer que la única mujer detenida deberá cumplir prisión domiciliaria y respetar una serie de reglas de conducta.

El hecho ocurrió el pasado 7 de marzo en las inmediaciones de la esquina de calles Olloqui y Gazari. Pastrán, que habría sido atacado por un grupo de 8 personas en un espacio de 12 metros cuadrados,  recibió un disparo por la espalda, el cual le provocó la muerte.

Días después, ocho personas – siete hombres y una mujer – fueron detenidas e imputadas provisoriamente por el delito de homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía. En dos audiencias que se celebraron el 17 y el 18 de marzo pasados, el Dr. Santiago Ortiz, Juez de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial – subrogando al Juez de Garantía Nº 2, Dr. Leandro Estrada- dictó la prisión preventiva para los ocho sospechosos y ordenó el traslado al servicio penitenciario provincial, medida que fue rechazada por los abogados defensores, que advirtieron que presentarían un recurso de revisión.

Finalmente, en la audiencia que comenzó ayer y finalizó en la jornada de hoy, el Tribunal de Impugnación resolvió confirmar la resolución dictada por el Juez de Garantía Nº 4 para 6 de los 8 imputados en la causa, entendiendo, entre otros argumentos, necesario mantener la situación de encierro porque restan producirse pruebas. En el mismo sentido, tuvieron en cuenta el peligro de entorpecimiento de la investigación y el de fuga, previstos en los artículos 203 y 240 del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de San Luis.  Asimismo, el Dr. Hernán Herrera refirió el artículo 205 del mencionado código, en relación al riesgo que implicaría  la libertad de los imputados para la integridad de la familia de la víctima.

“Consideramos que una medida de coerción como en este caso, la prisión preventiva, no resulta inconstitucional ni tampoco atenta contra derechos o garantías constitucionales”, dijo el presidente del Tribunal de Impugnación.

Respecto a la mujer detenida en la causa, el tribunal resolvió que deberá cumplir prisión domiciliaria  – en un domicilio declarado en la ciudad de San Luis – donde permanecerá bajo la tutela de su hermana, con visitas periódicas policiales y que, además, deberá ajustarse a una serie de normas de conducta: evitar el contacto de cualquier tipo con allegados y familiares de la víctima, así también como con testigos en la causa.  El Dr. Herrera informó que cualquier incumplimiento será inmediatamente informado al fiscal y que, en su caso, esta condición podrá ser revocada para ser nuevamente alojada en el servicio penitenciario provincial.

Respecto a esta situación, el Tribunal de Impugnación contempló la acreditación de la situación de maternidad de la mujer y el hecho de que el padre de la menor, se encontrara también detenido en esta misma causa. El Dr. Herrera mencionó que hay disposiciones internacionales que contemplan este contexto y aseguró que se debe preservar el interés superior del niño. Entre otras normativas, mencionó la Convención de Derechos del Niño, la Ley Nacional de Protección a los Niños, Niñas y Adolescentes y destacó que la resolución fue analizada con perspectiva de género.

Mientras que, en relación al imputado defendido por el Dr. Pascual Celdrán, el tribunal resolvió ordenar su inmediata libertad por considerar que prestó colaboración en la causa, y que no revelaría peligro de fuga ni la posibilidad de entorpecer la investigación.  Además, esta medida no había sido solicitada para este imputado por el Fiscal de Instrucción – Dr. José Olguín – en la audiencia de formulación de  cargos. Cabe aclarar que el artículo 200 del Código Procesal Penal de San Luis establece que “Si el fiscal estima necesario que se aplique una medida de coerción deberá solicitarlo en audiencia al Juez” .

 

 

Para conocer más sobre este caso ingrese a los siguientes enlaces:

 

https://www.periodicojudicial.gov.ar/dictaron-prision-preventiva-a-otras-3-personas-por-el-homicidio-en-el-barrio-san-jose/ 

 

VILLA MERCEDES: CINCO IMPUTADOS POR HOMICIDIO EN EL BARRIO SAN JOSÉ

 

 

 

DOS NUEVAS PERSONAS IMPUTADAS POR HOMICIDIO EN EL BARRIO SAN JOSÉ DE VILLA MERCEDES

 

 

 

NOVEDADES EN LA CAUSA POR EL HOMICIDIO EN EL BARRIO SAN JOSÉ

 

 

 

PRISIÓN PREVENTIVA PARA 5 DE LOS IMPUTADOS POR EL HOMICIDIO EN EL BARRIO SAN JOSÉ

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

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