HOMOLOGARON ACUERDOS DE REPARACIÓN INTEGRAL DEL PERJUICIO

En una causa de robo calificado por efracción y de robo calificado en grado de tentativa. Las personas damnificadas prestaron conformidad al acuerdo. Una vez cumplido con lo pactado, se resolverá sobre la extinción de la acción penal. 

Hoy, el tribunal integrado por el Dr. Eduardo Sebastián Cadelago Filippi y las Dra. Virna Eguinoa y Sandra Gabriela Ehrlich celebró dos audiencias en el marco de dos causas de robo.

Un hombre imputado por el delito de robo calificado por efracción y el otro por robo calificado en grado de tentativa deberán cumplir con lo pactado en los acuerdos de conciliación para que se extinga la acción penal.

En ambos casos, la defensa ejercida por el Dr. Victor Endeiza y el fiscal de Juicio Dr. Maximiliano Bazla expusieron los términos de los acuerdos de reparación integral del perjuicio. Los cuales consisten en una entrega de suma de dinero a los damnificados.

Por otra parte, el Dr. Bazla comunicó al tribunal que las personas damnificadas prestaban su conformidad a lo propuesto por la defensa, los imputados también estuvieron de acuerdo.

Finalmente, el tribunal homologó ambos acuerdos e informaron que una vez cumplidos y acreditados los pagos asumidos en los acuerdos, se procederá a resolver sobre la extinción penal.

ARTÍCULO 59 Código Penal: La acción penal se extinguirá:1) Por la muerte del imputado; 2) Por la amnistía; 3) Por la prescripción; 4) Por la renuncia del agraviado, respecto de los delitos de acción privada; 5) Por aplicación de un criterio de oportunidad, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales correspondientes; 6) Por conciliación o reparación integral del perjuicio, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales correspondientes; 7) Por el cumplimiento de las condiciones establecidas para la suspensión del proceso a prueba, de conformidad con lo previsto en este Código y las leyes procesales correspondientes.

Prensa Judicial Villa Mercedes

Compartir

Anterior

CRONOGRAMA DE EXAMEN DE CONOCIMIENTO EN CONCURSO DE ASCENSO ADMINISTRATIVO

Siguiente

CONCURSO PARA SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE IMPUGNACIONES: CAMBIO DE FECHAS PARA LA ETAPA DE OPOSICIÓN