II JORNADA DE ACTUALIZACIÓN EN DERECHO

En este segundo encuentro se abordó la temática “Ley de Riesgos del Trabajo y su Actualización”. Estuvo a cargo de la Dra. María Eugenia Bona.

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En el marco del Ciclo de Conferencias 2015,-auspiciadas por el Instituto de Capacitación e Investigación “Dr. Tomás Jofré”-, el Colegio de Abogados y la Comisión de Jóvenes abogados –ambos de la ciudad de Villa Mercedes- llevaron a cabo la “II Jornada de Actualización en Derecho – Ley de Riesgos del Trabajo y su Actualización Ley N° 26.773”. El encuentro tuvo lugar el pasado viernes 22 de mayo en el edificio “Dr. José Ramiro Podetti” de la 2° Circunscripción Judicial y estuvo  a cargo de la Dra. María Eugenia Bona –Juez del Juzgado Laboral N° 2 de la Primera Circunscripción–.

En la ocasión, el Centro de Información Judicial de Villa Mercedes dialogó con la magistrada para conocer el objetivo de la capacitación. Al respecto, la Dra. Bona comentó que el tema a tratar sería el régimen de la Ley 24.557 -Ley sobre Riesgos del Trabajo-, que ha sido complementada y reglamentada a través de la Ley N° 26.773 –Régimen  de Ordenamiento de la Reparación de los Daños derivados de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales-. “Ante éstas nuevas disposiciones doctrinarias, es necesario estudiar la jurisprudencia. Ya que, el Derecho Laboral es un derecho en el que la jurisprudencia tiene una enorme influencia.”, sostuvo.

También manifestó que al momento de interpretar las normas o institutos laborales del nuevo Código Civil y Comercial –que regirá a partir del 1 de agosto próximo- se está utilizando un nuevo principio del Derecho Laboral, que es el Principio de Progresividad. “Este se ha creado por la Corte Nacional de Justicia a través de algunos de sus fallos. Por ejemplo: el legislador no puede quitar un derecho que el obrero ya tenía o una facultad ya existente.”, aclaró.

Con respecto a la aplicación del Régimen de Ordenamiento para Accidentes de Trabajo –Ley 26.773-, la Dra. Bona explicó que algunos tribunales determinan al momento del accidente la Ley aplicable. “Si el accidente sucedió durante la Ley anterior, se aplica la anterior. Hay otros, en cambio, que dicen que es más conveniente la nueva ley. Por ejemplo la provincia de Mendoza aplica la ley nueva para todo”.

Finalmente, la magistrada expresó que la aplicación de ésta norma será progresiva:“Tenemos poca aplicación porque la ley es nueva, tenemos que esperar y ver que dice la Corte Suprema de Justicia, la Jurisprudencia, o las Cámaras Federales que tienen el sistema de plenario, el que considero que es muy bueno”, concluyó.

Redacción: G. Campana 

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