IMPUGNACIONES CONFIRMÓ LA DECISIÓN DE UNA JUEZA EN UNA CAUSA POR VIOLENCIA LABORAL

El Tribunal de Impugnaciones de la Primera Circunscripción confirmó una resolución del Juzgado Penal, Juvenil y Contravencional en una causa contra un funcionario provincial por violencia laboral. En su dictamen, la jueza, Daniela Benenatti, recordó que se encontraba vigente una medida de protección a favor de la denunciante y que, en base a los hechos denunciados, consideró que no existe contravención o falta tipificada en el Código Contravencional por lo que se le hizo saber a la presunta damnificada que debía agotar la vía administrativa competente.

Y respecto a la denuncia de nuevos hechos referidos a violencia psicológica, la magistrada resolvió que se le debe correr vista al Ministerio Público Fiscal para que tome conocimiento. Sobre ese dictamen es que el tribunal se expidió y confirmó lo decidido por la magistrada.

“La jueza del fuero Contravencional dijo que no correspondía tipificar como una falta contravencional y dio los argumentos de por qué no era una contravención. Además, ordenó que ante un hecho nuevo de una posible comisión de delitos de lesiones se de intervención al Ministerio Público Fiscal y es lo que este tribunal reafirma”, explicó Jorge Sabaini Zapata.

En la misma línea, la presidente del tribunal Yanina Del Viso, dijo que “se confirmó la resolución del juez Contravencional, resaltando el tercer punto donde dispone que tome intervención el Ministerio Público Fiscal respecto de los hechos que se habrían denunciado”.

La causa ingresó por Abordaje Fiscal a partir de una denuncia de Alicia Arrieta contra el ministro provincial, Alfonso Vergés, por presunto maltrato hacia ella y su equipo de trabajo. Tras solicitarse una medida de restricción, el caso pasó al Juzgado Contravencional.

El tribunal de Impugnaciones está integrado por Yanina Del Viso, en la presidencia, con las vocalías de Laura Molino y Jorge Sabaini Zapata. La audiencia de apelación se realizó el 12 de febrero a las 9:30 horas.

La fiscalía intervino y sostuvo que la causa debía tramitarse bajo la Ley Provincial de Acoso Sexual, agotando previamente la vía administrativa y, en su defecto, derivarse a la justicia contenciosa administrativa. En función de estos argumentos, el juzgado ordenó el archivo de las actuaciones.

Sin embargo, la parte denunciante, representada por el abogado Gustavo Reviglio, interpuso una revocatoria “in extremis” solicitando, por un lado, revertir el archivo y, por otro, remitir el expediente al fuero penal al considerar que las conductas denunciadas podrían configurar el delito de lesiones leves, especialmente por la afectación psicológica alegada.

El fiscal Multifuero, Gabriel Macías, dijo que cómo se han introducido nuevas constancias que alegan lesiones de tipo psicológico corresponde en todo caso su investigación en el fuero penal.

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