
El jueves 7 de septiembre, J.R.F. de 34 años de edad y domiciliado en la Villa de Merlo, fue formalmente imputado como presunto autor del delito de incumplimiento a una orden judicial.
Según el relato de la Fiscal Débora Antonella Roy Gitto, se trató de dos hechos ocurridos en los meses de agosto y diciembre de 2020, respectivamente, cuando el imputado incumplió la restricción de acercamiento ordenada en favor de su ex pareja en el marco de una causa por violencia familiar.
La investigación preliminar del caso, estuvo a cargo del entonces Juez de Instrucción Penal, Jorge Osvaldo Pinto. Sin embargo, al momento de la indagatoria, J.R.F. solicitó el pase de la causa al nuevo sistema penal.
Por ese motivo, este jueves la fiscalía formalizó la apertura de la investigación preparatoria ante el Juez de Garantía Matías Farinazzo Tempestini, quien hizo lugar a la formulación de cargos en contra J.R.F.
Finalizada la audiencia, el abogado Tobías González, quien ejerció la defensa del imputado a lo largo de toda la causa, solicitó la suspensión del juicio a prueba.
Para obtener dicho beneficio, su defendido ofreció abonar a la damnificada la suma de 10 mil pesos en carácter de reparación económica. Pero, teniendo en cuenta la situación inflacionaria actual, se propuso elevar la suma a 25 mil pesos. Además, se comprometió a realizar tareas comunitarias en una asociación civil de la Villa de Merlo.
El Ministerio Fiscal prestó conformidad para suspender el proceso a prueba, pero bajo la condición de que el imputado evite todo tipo de conflictos con su ex pareja, con quien tienen un hijo en común.
La damnificada también estuvo de acuerdo con la propuesta ofrecida.
En virtud de que todas las partes brindaron su consentimiento para resolver el conflicto sin necesidad de llegar a juicio, el magistrado hizo lugar a la suspensión condicional del proceso por el término de un año, advirtiéndole al imputado que, en caso de incumplir con lo acordado, se le revocará la suspensión y no podrá acceder nuevamente a dicho beneficio.
Asimismo, ordenó que, por el mismo plazo, J.E.F. realice cuatro horas semanales de tareas comunitarias en la asociación civil propuesta, y tratamiento psicológico por el tiempo que el profesional actuante considere pertinente, debiendo presentar constancia de su cumplimiento.
Finalmente, fijó en 25 mil pesos la suma de la reparación económica, e instó a las partes a convenir el monto que deberá abonar el imputado en concepto de alimentos para su hijo.
Prensa Judicial 3° Circunscripción
Fuente: Dra. Débora Antonella Roy Gitto, Fiscal de Instrucción provisoria de la Tercera Circunscripción Judicial