JUICIO POR DESBARATAMIENTO DE DERECHOS ACORDADOS

Inició hoy con la lectura de la acusación fiscal y continuará mañana a partir de las 9hs.

El delito de desbaratamiento de derechos acordados (C.P., art. 173, inc. 11mo.) se consuma con el acto o hecho ulterior jurídico o material del autor, frustratorio del derecho o del cumplimiento de la obligación. Es decir que, si los imputados prometieron enajenar por boleto privado de compraventa un inmueble, haciéndole entrega a la compradora de las llaves y luego lo vendieron a un tercero, cuya propiedad fue prometida a la denunciante, la frustración del boleto privado de compraventa, cae dentro del ámbito del tipo legal del desbaratamiento de derechos acordados (C.P., art. 173, inc. 11mo ). Fuente: http://www.saij.gob.ar/defraudacion-desbaratamiento-derechos-acordados-sur0006521/123456789-0abc-defg1256-000rsoiramus

 

Un hombre de 83 años es juzgado por el delito de desbaratamiento de derechos acordados (Art. 173 inc. 11 del Código Penal) en perjuicio de dos personas. El acusado habría vendido las mismas propiedades a dos personas en diferentes ocasiones.

En consecuencia,  en la jornada de hoy, se dio inicio al debate oral con la lectura de la acusación fiscal. Está previsto que mañana continúe el juicio con la declaración del acusado.

El representante del Ministerio Publico Fiscal ratificó en su totalidad la acusación fiscal y no planteó cuestiones preliminares, tampoco lo hizo la defensa. 

El tribunal lo integró el Dr. Eduardo Sebastian Cadelago Filippi y la Dra. Virna Milena Eguinoa. Como Fiscal de Juicio intervino el Dr. Maximiliano Bazla y como defensa del acusado el Dr. Víctor Endeiza.

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

Compartir

Anterior

POSTULANTES ADMITIDOS EN CONCURSO PARA FISCALES ADJUNTOS DE LAS TRES CIRCUNSCRIPCIONES

Siguiente

CONCURSO DE ASCENSO ADMINISTRATIVO: COMENZÓ LA ETAPA DE EXÁMENES DE CONOCIMIENTO