JUICIO POR PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD: ETAPA DE ALEGATOS

El representante del particular damnificado solicitó la pena de cinco años de prisión. A su vez el fiscal de cámara pidió la pena de 4 años de prisión, mientras que la defensa, la absolución del imputado. El jueves será la lectura del veredicto.

privacion ilegitima libertad 4

Hoy, la Cámara Penal N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial recepcionó los alegatos de las partes en el marco de una causa donde se juzga a un hombre por el delito de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida con violencia y amenazas en perjuicio de quien era su pareja. El hecho ocurrió en octubre de 2014.

El particular damnificado,  representado por el Dr. Gustavo Otegui, se refirió a la re victimización de la denunciante y la extensión y dilación del proceso de la causa. Expresó que el acusado es una persona violenta, agresiva y peligrosa. Hizo referencia al día de los hechos, a la denuncia, a las lesiones de la víctima y al daño psicológico extendido en el tiempo. También mencionó testimoniales y otras denuncias que involucran al acusado y que tienen características similares a las de esta causa: “el proceder es el mismo”, dijo.

Otegui también se refirió al informe psicológico y psiquiátrico del acusado donde se describen rasgos de personalidad. “Creo que está plenamente acreditado el accionar”.  Solicitó al tribunal se aplique la pena de cinco años de prisión efectiva. “Confío ampliamente en la experiencia de este tribunal, confío que en esta casusa se va a hacer justicia”, concluyó.

Luego, el Fiscal de Cámara, Dr. Ernesto Lutens, manifestó que en autos se ha demostrado que existió una relación de pareja entre el imputado y la víctima. También hizo un relato del hecho que originó esta causa. Hizo referencia al informe médico donde se describen las lesiones y a testimoniales. El fiscal, en esta oportunidad, realizó un análisis de la autoría y materialidad del hecho, y dijo que el mismo está efectivamente acreditado, afirmó que la relación de pareja existió y que es absoluta y totalmente creíble.

Asimismo, Lutens, confirmó que hubo violencia de género y que la materialidad del hecho de privación ilegítima de la libertad está acreditada.  También mencionó otras denuncias que demuestran el fuerte indicio de personalidad violenta del imputado. Como atenuantes tuvo en cuenta la falta de antecedentes y como agravantes, las lesiones sufridas, la existencia de un cuadro de violencia de género y el grave perjuicio sufrido por la víctima.

El fiscal solicitó al tribunal la pena de cuatro años de prisión por el delito previsto en el artículo 142 inc. 1, de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas. “Quiero recalcar la obligación y la necesidad  de que el tribunal incorpore la perspectiva de género en este hecho”, culminó.

Por último, la defensa del acusado, ejercida por las Dras. Diana María Bernal y Marina Claudia Ziliotto, manifestó que su defendido fue condenado socialmente y moralmente. Expresaron que los informes médicos no coinciden con la declaración de la víctima. También hicieron un análisis respecto a la entrevista psicológica, las defensoras dijeron que ésta se desarrolló en una situación excepcional donde su representado estaba indagado y detenido. La misma, afirman, debería haber sido en un espacio de tranquilidad. Consideraron, además, que su defendido debería haber sido sometido a tests para medir rasgos de personalidad. 

A su vez, aclararon que la restricción de acercamiento jamás fue levantada y jamás fue violada y que su pupilo cumplió con la sugerencia de ir a terapia psicológica y acreditar el tratamiento.

Luego, hicieron referencia a la prueba incorporada en el expediente y afirmaron que no hay prueba objetiva ni concreta de la privación ilegítima de la libertad, no está documentada una descripción del lugar donde sucedieron los hechos. Agregaron que el delito no se puede probar por indicios, que la prueba debe ser objetiva y sólida y que todo el plexo probatorio debe llegar a la misma conclusión. La defensa solicitó al tribunal la absolución.

Finalmente, el tribunal integrado por los Dres. María Silvia del Castillo de Insua, Daniela Estrada y Aníbal Atilio Astudillo, informó que la lectura del veredicto será el próximo jueves a las 13 hs.

Para mayor información sobre este caso, ingresar al siguiente enlace. UN HOMBRE ES JUZGADO POR EL DELITO DE PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD

 

    privacion ilegitima libertad 2

privacion ilegitima libertad 3

 

 

 

 

 

 

Redacción: D. Zambrano

Corrección: R. Zitta

 

Compartir

Anterior

CONCARÁN: TRABAJO CONJUNTO ENTRE EL JUZGADO DE FAMILIA Y LA SECRETARÍA DE LA MUJER

Siguiente

CIERRE DEL CICLO DE CHARLAS “CONECTATE CON TUS DERECHOS”