“JUICIOS POR JURADO”

Fue la temática que abordó la Dra. Violeta Muratorio durante el desarrollo de las Jornadas Preparatorias en la localidad de Merlo.

En el marco de las Terceras Jornadas Preparatorias del XXIX Congreso Nacional de Derecho Procesal, que se desarrollaron el pasado 10 de marzo en la localidad de Merlo, la Dra. Violeta Muratorio -abogada de la provincia de Buenos Aires- disertó sobre “Juicios por Jurado”.

En primer lugar, la letrada destacó el avance tecnológico con que cuenta el Poder Judicial de la provincia de San Luis no siendo el caso de  la provincia de Buenos Aires, ya que se encuentra más atrasado respecto a la implementación de los sistemas informáticos judiciales.

Seguidamente, explicó que los Juicios por Jurado, es un sistema nuevo en Argentina, solo cinco provincias usan esta figura procesal, a saber Chaco, Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires y Neuquén. El primer juicio por jurados Populares en la Argentina y en Iberoamérica fue el Caso Brito – Homicidio que se realizó en la Cámara de Crimen de San Francisco, Córdoba

“El Jurado es un grupo de personas que evalúan la situación del acusado, pero no desde lo jurídico, es una evaluación meramente sobre hechos, la evaluación jurídica la realiza el juez”, conceptualizó la abogada porteña.

También explicó que los tribunales de Jurados permiten al pueblo participar en el ejercicio de la administración de justicia y como tal es una forma de democracia semidirecta.

Luego se refirió a la función de garantía del juicio por jurado, que nace de la tensión que se interpola entre el poder y el ciudadano que reclama justicia. En este  país, ante la incertidumbre, el descreimiento, una pérdida notable de valores y una inseguridad jurídica, el Juicio por Jurados es una solución directa y necesaria de la vida democrática de los argentinos.

A su vez, aclaró que la figura se usa solamente para delitos muy complejos, es decir, delitos con pena de más de 15 años, sea de reclusión de prisión o con un concurso de delitos que sume más de 15 años, “estamos hablando que se puede elegir el juicio por jurado, en casos de homicidios agravados, violaciones seguidas de homicidio”, expuso.

La profesional explicó que el jurado puede ser elegido por la persona que está imputada, lo pide a través de su defensor, por escrito. “Hay una lista de posibles candidatos para integrar el jurado. Son personas que deben tener desde 21 años hasta los 75 años y no pueden ser miembros de las fuerzas de la seguridad, miembros de la justicia, miembros de un partido político, ministros de una iglesia”.

Por último, la Dra. Muratorio manifestó que “resulta una herramienta para evitar los abusos de poder, fundamentado en la soberanía popular y en el derecho subjetivo de los ciudadanos a ser juzgados por sus pares. Siempre fundado en el principio de Justicia y en el debido proceso”.

 

                                                                          Redacción: G. Campana

Corrección: J.N. Sanchez

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