LA JUSTICIA ORDENÓ A UNA EMPRESA INDEMNIZAR A UNA FAMILIA POR NO CUMPLIR CON LO CONTRATADO

Se trata de una agencia de viajes que no cumplió con las condiciones establecidas al momento de la contratación. La causa tramitó en el Juzgado Civil Nº 3 de la Segunda Circunscripción Judicial.

La Jueza a cargo de la causa ordenó a la empresa de turismo el pago de una suma de dinero – en moneda extranjera – al pasajero de la ciudad de Villa Mercedes que, junto a su familia, contrató un paquete turístico que incluía vuelos y alojamiento en el exterior. La demanda se inició tras el incumplimiento por parte de la empresa, lo que ocasionó contrataciones de servicios adicionales durante el viaje por parte del perjudicado.

La causa se presentó en el 2015 en el Juzgado Civil Nº 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz. El viaje se pactó con la empresa de turismo entre el 20 de marzo y el 4 de abril del mismo año, con integración de vuelos y alojamiento para dos familias.

El detalle de los servicios contratados se pactaba vía correo electrónico y, entre otros ítems, incluían vuelos en primera clase para el grupo femenino, con transfer, movilidad dotada de prestaciones para los niños y específicamente para una beba que viajaba en el grupo.

Sin embargo, el viaje de ida fue en categoría de negocios y no en primera clase. Al arribar al destino, el grupo familiar se encontró con que no contaban con el traslado contratado, debiendo alquilar por su cuenta un vehículo. Además, al llegar al hotel les informaron que tenían paga una sola noche de alojamiento, en vez de ocho, entre otros inconvenientes que se presentaron a lo largo del viaje por Estados Unidos y México, que incluyeron la falta de pasajes de regreso para alguno de los integrantes del grupo.

De regreso, la causa se inició en los términos previstos por la Ley 24.240, de Defensa del Consumidor, que prevé la gratuidad para los procesos derivados de relaciones de consumo y se determinó la competencia local de acuerdo a lo que establece el Código Civil y Comercial de la nación.

Como pruebas se incorporaron pasajes, tickets, comprobantes de pagos, copias de los correos electrónicos remitidos entre el cliente y la empresa de turismo, entre otras.

A la hora de evaluar los daños y perjuicios sufridos por el actor, la juez estimó evidente el incumplimiento consumeril.

Finalmente, el 5 de junio pasado, mediante Sentencia Definitiva Nº 71, la Dra. Alcaraz Díaz resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda y condenó a la agencia de viajes a abonar una indemnización en dólares estadounidenses.

Para acceder al fallo completo haga click aquí

 

Redacción: R. Zitta

Corrección: D. Zambrano

Compartir

Anterior

CAMBIO DE FECHA Y LUGAR DEL CURSO SOBRE VIOLENCIA DOMÉSTICA

Siguiente

DIPLOMATURA EN “DERECHO DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y DE LAS FAMILIAS”