LA JUSTICIA RECONOCIÓ EL DERECHO DE UNA PERSONA A UNA NUEVA MODIFICACIÓN DE SU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA

Argentina fue el primer país del mundo en reconocer el derecho a la identidad sexual autopercibida a través de la Ley 26.743, sancionada en mayo de 2012.

A nueve años de su implementación, en Argentina 9.383 personas rectificaron el sexo y el nombre de pila que les asignaron en el DNI al nacer, 140 son personas oriundas de San Luis, de acuerdo a un informe de abril de este año del Registro Nacional de las Personas.

El trámite es sencillo, cualquier persona mayor de 18 años, sin requisitos médicos y con solo expresar su voluntad, puede solicitar al Registro Civil la modificación de  sus datos personales, imagen y sexo registrado en la partida de nacimiento.

UNA DECISIÓN QUE TAMBIÉN PUEDE MODIFICARSE

El art. 8 de la Ley 26.743 contempla que la rectificación registral de la identidad puede ser nuevamente modificada, para este segundo cambio, sí se requiere autorización judicial.

En mayo de este año el Juzgado Civil, Comercial y Minas N° 4 de San Luis, a cargo del juez Dr. José Agustín Ruta, autorizó a una persona a modificar nuevamente su identidad autopercibida, la que había sido cambiada por primera vez en 2012.

En su fallo, el juez reconoce el marco legal en el que se encuadra lo solicitado y “la cuestión humana que involucra a ella”.

Asimismo advierte sobre “la necesidad de una urgente protección de derechos y garantías constitucionales lesionados o restringidos” y que el derecho a la identidad de género “es el prisma” a través del cual debe analizarse la causa.

Junto con la autorización para adquirir la nueva identidad autopercibida y circular con el nombre elegido para todos los actos de la vida civil, se ordenó también al Registro Civil a emitir una nueva partida de nacimiento y DNI.

La persona que solicitó la medida, al momento de su nacimiento, fue registrada con el sexo femenino; posteriormente, en el 2012 se autopercibió varón, por lo que solicitó al Registro Civil  una nueva partida de nacimiento y DNI con el nombre elegido y la identidad autopercibida.

Transcurridos ocho años, se presenta ante la justicia para solicitar autorización para una segunda rectificación registral de su identidad, ya que actualmente su identidad de género autopercibida es femenina. Para el trámite judicial contó con el patrocinio letrado del Dr. Alejandro Cordido y el asesoramiento y acompañamiento de la Secretaría de Estado de la Mujer, Diversidad e Igualdad de la Provincia de San Luis.

Se trata de un proceso judicial rápido, que se concreta a corto plazo ya que se presenta bajo la figura legal de una medida autosatisfactiva, similar a un recurso de amparo, donde se le requiere a un juez o jueza que –de manera inmediata- ordene las medidas necesarias para asegurar la plenitud de los derechos fundamentales de una persona, como la vida, la integridad o la salud.

CÓMO ES EL TRÁMITE EN SAN LUIS

En San Luis, se realiza en la oficina de Registro Civil más cercana al domicilio de la persona que solicita la rectificación de su identidad.

En este momento y debido a la situación sanitaria por la pandemia de Covid-19, el trámite se efectúa de manera presencial, pero con turno previo.

El turno se solicita de manera online en la página web   http://www.registrocivilsanluis.sanluis.gov.ar/turnos/#/pages/appointment-form

Para iniciarlo no se necesita pagar ningún sellado y se debe tener en cuenta que además de ser mayor de  edad, se requiere ser ciudadano argentino.

En caso de ser menor de edad, la solicitud deberá ser efectuada a través de los representantes legales.

Cuando asista al turno deberá presentar la partida de nacimiento y el DNI (en ambos casos, original y copia).

Además, deberá completar un formulario en el que solicita la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo DNI correspondiente -el número original se conserva-. Para concretar el proceso deberá expresar el nombre de pila elegido con el que requiere inscribirse.

QUÉ DICE LA LEY 26.743

La Ley entiende por identidad de género a “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”.

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La norma garantiza el libre desarrollo de cualquier persona conforme a la identidad de género autopercibida, a la inclusión y a ser tratada de acuerdo a esa elección, no solo desde el respeto y la no discriminación, sino también desde los instrumentos legales que acreditan su identidad, nombre de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.

En este marco, cualquier persona mayor de 18 años, sin requisitos médicos y con solo expresar su voluntad, puede solicitar al Registro Civil  la modificación de  sus datos personales, imagen y sexo registrado en la partida de nacimiento.

Se trata de un trámite confidencial, que luego de ser concluido, emitirá una nueva partida de nacimiento y DNI con los cambios solicitados. En estos nuevos documentos no se hará referencia a los datos anteriores.

En el caso de las personas menores de 18 años, la solicitud deberá ser realizada a través de sus representantes legales (padre, madre o tutores) y con expresa conformidad del niño, niña o adolescente.

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Asimismo, la Ley garantiza el acceso a tratamientos hormonales e intervenciones quirúrgicas totales o parciales para adecuar el cuerpo a la identidad elegida, en estos casos, las obras sociales, prepagas y hospitales públicos deberán cubrir los procedimientos porque forman parte del Plan Médico Obligatorio.

 

Redacción: V. Besso

Corrección: C. Hang/E. Jofré

Imágenes: Fundación Huésped (huesped.org.ar)

Agradecimiento: 

Juez  Juzgado Civil Nº 4:

Dr. José Agustín Ruta

Secretarios:

Dra. Sandra Ivana Tello

Dr. Marcos Esteban Figueroa

Dra. Nadia Decena Carreño

 

 

 

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