LA MEDIACIÓN COMO INSTRUMENTO DE REFORMA JUDICIAL PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA

Fue el título de la disertación de la Dra. Ana María Nigra en las Jornadas Mercedinas de Derecho Procesal.

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Los días 18 y 19 de marzo del corriente, en la Subsede de la Universidad Católica de Cuyo de la ciudad de Villa Mercedes, se llevaron a cabo las Jornadas Mercedinas de Derecho Procesal “Apertura de las actividades académicas, en camino al XXIX Congreso Nacional de Derecho Procesal – Las normas procesales en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación”.

En tal ocasión, la Dra. Ana María Nigra –Secretaria de Cámara de la Oficina de Contralor de Tasas Judiciales-, en su carácter de Mediadora y Funcionaria del Superior Tribunal de Justicia, fue invitada para compartir con los presentes, la exposición realizada en la XXVIII Edición del Congreso Nacional de Derecho Procesal que tuvo lugar en la ciudad de San Salvador, provincia de Jujuy, en el mes de septiembre de 2015.

El título de su disertación fue: “Las reformas judiciales y la mediación como instrumento de reforma judicial para el acceso a la justicia”.

Para conocer en qué consistió dicho trabajo, la Oficina de Prensa del Poder Judicial de San Luis dialogó con la Dra. Nigra quién comentó lo siguiente:

“Para mi presentación tomé como base la Mediación como derecho al acceso a justicia. No trabajé en sí sobre Derecho Procesal, pero si trabajé las normas de Brasilia, el nuevo Código Civil, para definir cómo se entiende para estas nuevas corrientes el acceso a justicia, y cómo la mediación con sus características puede dar cuenta también, ofreciendo una solución oportuna para aquel que la requiera. Es decir, poner nuestra actividad cotidiana en un contexto sociopolítico donde se desarrollan todas estas reformas”.

¿De qué manera desarrolló su presentación?

Comencé definiendo qué es una reforma judicial, cómo se puede abordar, y también haciendo un poco de historia contando cómo surge la mediación en la Argentina, cómo se define desde el Instituto Latinoamericano de Derechos Humanos lo que es el acceso a justicia. Yo trabajé con ese tema, lo conecté con la cultura jurídica local, llevé para leer un cuento de Berta Vidal de Battini, un mito sanluiseño, otorgando poder a los mitos como elementos fantásticos fundantes de la cultura. Es un mito que habla acerca de una demanda que se hace en el campo de unas vizcachas, y llaman a un tercero neutral, que en ese caso era un gaucho, quien logra desalojarlas para que dejen de hacer daño. Esta búsqueda del tercero neutral se adapta perfectamente a la figura del mediador, que trae la palabra y busca una resolución rápida de los  conflictos.

¿En qué consiste el acceso a justicia?

El derecho de acceso a justicia se ve como un derecho de petición de igualdad, de defensa de los derechos concedidos por las cartas constitucionales, entonces es necesario garantizar ese acceso, que la gente tenga lugares donde peticionar para que se hagan efectivos esos derechos, ya sea en una instancia jurisdiccional o en instancias alternativas como puede ser la mediación.

Por otra parte, la mediación como atiende al componente emocional del conflicto y a la comunicación, puede dar cuenta de los nuevos paradigmas que trae el nuevo Código Civil y Comercial que empezó a regir el año pasado, y que uno de los nuevos paradigmas importantes que aporta es el de la Afectividad, un principio que viene del Derecho brasilero y toma como fundamento el respeto por la dignidad humana, el amparo que se tienen que dar los miembros de una familia o relaciones cercanas, es decir, que no sólo se buscan soluciones legales, sino que también el Juez tiene la directiva de resolver conforme a valores y principios, no sólo bajo el amparo de la Ley. Con lo cual la mediación puede dar una acabada respuesta a la consecución de esos valores, ya que al llamar a las partes a resolver el conflicto y permitir que expresen sus emociones, puede permitir que en ese encuentro se logre este valor jurídico que ya deja de ser una cuestión moral para pasar a ser un principio jurídico que hay necesidad de conseguir.

¿Cómo se definiría este principio de Afectividad?

Conforme lo explican Da Cunha Pereira y Silva, que son unos autores brasileros, la afectividad es una expresión del principio de respeto a la dignidad humana y comprende también la solidaridad social, se entiende que el afecto se traduce en el respeto de cada uno por sí mismo y hacia los otros miembros de la familia con el fin de que la familia sea respetada en su dignidad y honorabilidad por ante el cuerpo social.

Este tipo de encuentros da cuenta de las diferentes acciones que se están llevando a cabo en el ámbito jurídico, con el objetivo de poner en práctica un nuevo modelo de justicia tendiente a descentralizar y desjudicializar los conflictos, por ello es que emergen estas formas alternativas como es la mediación, y el Código Civil además de reconocer la mediación, incorpora estos nuevos valores como la afectividad que hacen necesarios otros métodos que en la práctica sean menos costosos y más breves que los de la justicia tradicional, justamente con el fin de garantizar el acceso a justicia a todos aquellos contingentes que no reciben los beneficios que prometen las leyes en materia de derecho.

De hecho se ha desarrollado una investigación de Derecho Procesal a nivel internacional que se llamó el Proyecto Florentino, y se trata de un movimiento por el acceso a la justicia que se propone objetivos más diferenciales y más fieles a la complejidad de la sociedad humana. Por eso a modo de conclusión, quiero destacar uno de los enunciados de este proyecto: “El aspecto normativo del derecho no está relegado, pero es visto como uno de los elementos, y ni siquiera el más importante, dado que lo preeminente son las personas (con todas sus peculiaridades culturales, económicas, sociales), las instituciones, los procesos, instituciones y procesos a través de los cuales el derecho vive, se transforma y se impone”.

Finalmente, la letrada recordó que estas Jornadas Mercedinas de Derecho Procesal se llevaron a cabo en el marco del XXIX Congreso Nacional de Derecho Procesal que fue declarado de Interés Judicial por el Superior Tribunal de Justicia, y que tendrá lugar en la ciudad de San Luis en septiembre de 2017.

Redacción: A. González Esquivel

Corrección: J.N. Sanchez

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