LA TUTELA DEL CONSUMIDOR EN LOS PLANES DE AHORRO AUTOMOTOR

Fue la capacitación organizada por el Colegio de Abogados y Procuradores de Villa Mercedes que se realizó el pasado viernes por la tarde.

A través de la plataforma Zoom, se desarrolló el curso jurídico “la tutela del consumidor en los planes de ahorro automotor”.  El mismo estuvo destinado al personal del Poder Judicial, magistrados, funcionarios, abogados litigantes, estudiantes de la carrera de abogacía, procuradores y comunidad en general.

Dicha capacitación fue organizada por el Colegio de Abogados y Procuradores de Villa Mercedes y auspiciada por el Instituto de Capacitación “Dr. Juan Crisóstomo Lafinur” y por el Instituto de la región cuyo de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba.

El disertante a cargo fue el Dr. Diego González Vila quien expuso a lo largo de tres horas sobre diferentes temáticas relacionadas a prácticas procesales y contractuales del ahorro automotor.

Entre numerosas temáticas desarrolló:

  • Los principios que gobiernan el derecho del consumidor; contratos, sociedad de consumo, sistemas de financiación para activar el consumo, Código Vélez, Código Civil y Comercial, justicia procedimental del contrato.
  • Derecho de contrato, planes de ahorro.
  • Contratos de larga duración.
  • Clasificación del contrato según consentimiento: contratos paritarios, contrato por adhesión a cláusulas generales predispuestas, contratos de consumo.
  • Constitucionalización del derecho.
  • Pirámide normativa del derecho del consumo: Constitución Nacional (art. 42) y convenciones internacionales, código unificado, Ley. 24240 (Ley de Derecho del Consumidor), normas integradas, decretos y resoluciones.
  • Régimen legal y contratos de plan de ahorro.

“Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información educada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno “ Art. 42 CN

Además el capacitador desarrolló sobre el “sistema de ahorro previo” que regula estructuras de captación de ahorro público ubicadas fuera de la ley de entidades financieras. Explicó que el ahorro previo por grupos cerrados apareció en la década del 60´ y que es un sistema opuesto al de la capitalización con respecto a sus objetivos. “Capitalizar implica postergar un gasto o una inversión y la obtención de una renta para el ahorrista” mientras que el ahorro previo es “anticipación de un gasto o adquisición de un bien o servicio mediante la obtención de un crédito o mutuo”.

En la segunda y tercera parte del curso, el capacitador, continuó con el ahorro previo y abordó lo establecido en la Resolución N° 8/2015 de la Inspección General de Justicia, también explicó sobre los sistemas de capitalización y ahorro, disposiciones generales, requisitos de contratos, etc.

Luego, hizo referencia y expuso sobre el funcionamiento y organización de planes de ahorro, la figura contractual y las características propias y básicas del sistema.

Durante la jornada el Dr. Diego Gonzalez Vila, mencionó fallos de diferentes jurisdicciones.

Durante todo el curso los participantes pudieron evacuar dudas intercambiando y analizando sobre la temática principal de la capacitación.

 

Acerca del disertante –  Diego Sebastián González Vila

1) Abogado egresado con Diploma al Mérito de la Facultad de Derecho y Ciencias de la Universidad Nacional de Córdoba en año 2009.

2) Socio Integrante del Estudio Jurídico Vila desde febrero de 2010 hasta la actualidad.

3) Fundador y Director del Instituto de Derecho del Consumidor y Usuario del Foro de Abogado de San Juan desde el año 2012 hasta el año 2019 inclusive.

4) Asociado a la Asociación Argentina de Derecho Constitucional (A.A.D.C.) desde el año 2011 a la actualidad.

5) Autor de publicaciones jurídicas sobre Derecho del Consumidor en Editorial Errepar desde julio de 2014 a la actualidad.

6) Integrante del Instituto Argentino de Derecho del Consumidor (I.A.D.C.) desde el año 2017 a la actualidad.

7) Disertante y capacitador invitado en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de San Juan desde el año 2016 a la actualidad y de la Provincia de Mendoza desde el año 2019 a la actualidad y en la Universidad Nacional de San Juan desde el año 2017 a la actualidad.

8) Profesor invitado en la materia “Derecho Civil”, en el Curso Profundizado Orientado de “Contratos de Seguros y la Tutela del Asegurado” de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires desde el año 2017 a la actualidad y en la cátedra “Contratos Civiles, Comerciales y de Consumo” de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires desde el año 2019 a la actualidad

9) Apoderado de la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (U.C.U.), Delegación San Juan,desde el mes de Abril de 2018 hasta la actualidad.

10) Coordinador de las delegaciones de UCU en la Provincia de Mendoza desde el año 2020 y en la ciudad de San Rafael, Provincia de Mendoza desde el año 2021 a la actualidad.

11) Docente en la Diplomatura de Derecho del Consumidor en la Universidad de Mendoza en el año 2019, 2020 y 2021. Coordinador Académico de la Diplomatura en Derecho del Consumidor en el año 2020 y 2021.

12) COAUTOR en la obra colectiva “COVID-19: impactos jurídicos y económicos”, habiendo escrito el Capítulo referido al CONSUMO, titulado “LA SITUACIÓN DEL CONSUMIDOR EN EL TRANSPORTE AÉREO DE PERSONAS ANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Y LA PANDEMIA COVID-19”, compilado por Ricardo Antonio Parada y José Daniel Errecaborde; 1a edición, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Libro digital, PDF; Erreius, abril de 2020.

13) AUTOR del libro “LA TUTELA DEL CONSUMIDOR EN LOS PLANES DE AHORRO AUTOMOTOR”, ASC Libros Jurídicos SA, Mendoza, marzo, 2021. (Fte:https://ar.linkedin.com/in/diego-sebasti%C3%A1n-gonz%C3%A1lez-vila-3529b5a2).

Prensa Judicial Villa Mercedes.

Z/C

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