LAS NECESIDADES DE LAS VÍCTIMAS EN EL PROCESO PENAL DE MENDOZA

Fue la temática abordada por la integrante de la Dirección de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia de la justicia mendocina.

Ayer, En las “Primeras Jornadas de Intercambio Regional e Buenas Prácticas en abordajes de víctimas de Delito”, la provincia de Mendoza también estuvo presente a través de la integrante de la Dirección de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Poder Judicial mendocino, Dra. Mónica Elizabeth Amengual. La temática abordada giró en torno a la normativa legal y a las necesidades de la víctima en el proceso penal de Mendoza.

A modo de introducción, la disertante aseveró que es muy importante que la víctima tenga una representación legal, “revaloriza a la víctima. Las víctimas de delitos deben ejercer los derechos que le correspondan”. Al respecto, comentó que en la Primera Circunscripción se ha habilitado una oficina de querellante, donde la gente se puede dirigir y pedir ser representado en caso de delitos graves. Desde este punto, la justicia realiza un importante aporte.

En continuidad con la temática, mencionó que la otra facultad con la que cuenta la víctima en el proceso, es convertirse en actor civil. Es la posibilidad de intervenir en el proceso, hacerse parte para lograr un resarcimiento del daño.

En otro orden, mencionó a la Constitución de Mendoza, donde se establece que las víctimas deben recibir un absoluto respeto por parte de las autoridades. “El trato humano y respetuoso es necesario para contener a la víctima que se presenta a relatar su hecho”, reflexionó la Dra. Amengual. Pero el proceso revictimiza aún más. Si bien no se puede tratar el hecho por separado, pero se deberían articular las diferentes etapas para evitar esa revictimización. “En el proceso todo suma, a veces no son suficientes las pericias para probar un hecho. Todo suma, sin olvidar que se debe ayudar a la víctima para dar una respuesta judicial”.

Por otra parte, habló sobre la protección que se les brinda a las mujeres víctimas de violencia, como la custodia policial, prohibición de acercamiento, etc. ya que es lo que realmente le interesa a la víctima cuando el agresor está cerca. “La práctica no siempre da respuestas. La protección debe ser para víctimas y testigos por igual”. Asimismo, “en el caso que la víctima sea extranjera, de acuerdo al consulado que sea, es la intervención que tiene. No hay un criterio de intervención”.

Para concluir, la expositora dejó varias reflexiones al auditorio entre las que manifestó, que como idea principal propone pensar en lo que piensa la víctima y su consentimiento. Los delitos son muy diversos, por eso hay que tener en cuenta cómo procede una víctima para facilitar el proceso. “No debemos olvidar que a la víctima lo único que le interesa es que no le vuelva a pasar”.

“Entiendo que existen las herramientas legales pero debemos darle el uso que debe ser, y llevar a cabo lo que la norma establece como respuesta al conflicto”. Asimismo, se debe mantener el contacto con la victima que ha quedado vulnerable ante el hecho.

“La idea es llevar adelante un proceso que responda a ambas partes intervinientes y que redunde en beneficios a víctimas y victimarios, logrando, de ese modo, la paz social”, concluyó la representante de la justicia de Mendoza.

Cabe mencionar, que el organismo que representa la Dra. Amengual fue creado el 8 de junio de 2013. Por Acordada 25.032, se puso en marcha la Oficina de Asistencia a Víctimas y Testigos, cuya función es brindar asesoramiento e información a toda persona que se presenta en ella, especialmente a víctimas y testigos, asistiendo, asesorando, acompañando, y escuchando sus peticiones, a fin de articular y hacerles conocer los derechos con los que cuenta.

Redacción: S. Lucero

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