LAS SALAS DE ORALIDAD DEBERÁN USARSE EN FORMA SIMULTÁNEA

El Superior Tribunal de Justicia lo dispuso a fin de garantizar que las audiencias de vista de causa se realicen en forma concurrente utilizando ambas salas en la Primera y Segunda Circunscripción Judicial.

DSC_0053

A través de la Resolución Nº 23, el Superior Tribunal de Justicia dispuso que las salas de oralidad de la Primera y de la Segunda Circunscripción, se utilicen en forma simultánea, cuestión que deberán tener presente los Encargados de Sala. En este sentido, la función principal del personal administrativo permanente de las mismas es administrar la agenda y garantizar la operatividad del sistema de videograbación.

Asimismo, la Resolución Nº 23 estableció que la operación del sistema CICERO+, tanto en la preparación como en la grabación, deberá ser efectuada por personal administrativo de cada Juzgado o Tribunal en que tramite la causa en la que se realice la audiencia de vista de causa.

Cabe recordar que, en marco del Proyecto de Oralidad en los Procedimientos de Conocimiento Civiles,  el Superior Tribunal de Justicia  implementó el Sistema CICERO+ de grabación de audiencias como consecuencia de la constante innovación tecnológica en los Organismos del Poder Judicial, instalando un total de seis salas de audiencias, dos en la Primera Circunscripción, dos en la Segunda Circunscripción, y dos en la Tercera Circunscripción, distribuidas en este último caso entre los edificios con sede en Concarán y en Santa Rosa del Conlara.

 

Redacción: R. Zitta

Corrección: D. Zambrano

Compartir

Anterior

INICIO DE JUICIO ORAL POR HOMICIDIO CULPOSO EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO

Siguiente

INSCRIPCIONES ABIERTAS PARA LA ESPECIALIZACIÓN EN MEDIACIÓN FAMILIAR