LEY YOLANDA: EDUCACIÓN AMBIENTAL PARA LA FUNCIÓN PÚBLICA

Esta norma, sancionada en el 2020, busca garantizar la formación integral en temas  como cambio climático, protección de la biodiversidad y ecosistemas.

Enmarcados en el artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina se sancionó la Ley 27.592, también conocida como Ley Yolanda, tiene por objetivo garantizar la formación integral en ambiente con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en el cambio climático para las personas que se desempeñen en la función pública. En ese sentido, establece el dictado de capacitaciones obligatorias para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos sus niveles y jerarquías, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

Estas capacitaciones deberán incluir como mínimo información referida al cambio climático, a la protección de la biodiversidad y los ecosistemas, a la eficiencia energética y a las energías renovables, a la economía circular y al desarrollo sostenible. También debe tener información relativa a la normativa ambiental vigente.

La información deberá ser clara, precisa y de base científica, y deberá ajustarse al organismo y al contexto en el que se brinde.El material será de libre disponibilidad. Se deberá contemplar su difusión y circulación para replicarse en otras actividades de capacitación.

Las máximas autoridades de los organismos de los poderes legislativo, judicial y ejecutivo serán los  responsables de la implementación de las capacitaciones,  que comenzarán al año de la entrada en vigencia de esta ley.

Los organismos públicos podrán realizar adaptaciones de materiales o programas existentes de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en la ley.

La ley también establece sanciones por incumplimiento y determina mecanismos para garantizar el acceso a la información respecto al funcionamiento de esta norma.

Incumplimiento

Las personas que se nieguen sin justa causa a realizar las capacitaciones establecidas en esta ley serán intimadas por la autoridad de aplicación.

El incumplimiento de dicha intimación será considerado falta grave y dará lugar a la sanción disciplinaria pertinente

Acceso a la información. Página web

La autoridad de aplicación, en su página web, debe dar acceso público y difundir:

  • el cumplimiento de la ley en cada uno de los organismos dependientes;
  • identificar a las personas responsables de cumplir con la ley en cada organismo;
  • indicar el porcentaje de personas capacitadas, identificando su jerarquía;
  • publicar un informe anual sobre el cumplimiento de ley: incluyendo la lista de altas autoridades que se han capacitado.

 

Cabe recordar que el artículo 41 de la Constitución de la Nación Argentina establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. Asimismo, determina que las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.

¿Por qué Ley Yolanda?  Yolanda Ortiz nació en Tucumán, Argentina. Fue doctora en Química, especializada en Toxicología.  En 1973 se convirtió en la primera Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de  Argentina y de América Latina.

Fue la primera mujer en ejercer un cargo público de gestión ambiental en América Latina. Difundió constantemente la “Carta a los Pueblos y Gobiernos del Mundo”, en donde se apelaba a una necesaria “transformación de las conciencias, a una Revolución Mental”.

Yolanda fue una activa defensora de los derechos de la naturaleza y las personas durante toda su vida. Trabajó con una mirada holística de lo ambiental, en la medida en que entendía que solo era posible comprender los temas ambientales a partir de la interacción entre sociedad y naturaleza. En ese sentido proponía transitar del egociudadano al ecociudadano.

Falleció en la Ciudad de Buenos Aires a los 94 años el 22 de junio de 2019. Como homenaje a su legado, se sancionó en 2020 la Ley Yolanda. 

A continuación, se comparten links de actualidad respecto a la temática:

http://agenciasanluis.com/notas/2021/09/08/san-luis-adhirio-a-la-ley-yolanda-y-da-un-nuevo-paso-en-el-cuidado-del-planeta/?fbclid=IwAR0w8YBBR9BJmJtWZaYJ7c8NA6iuA6rHBTUrdTk-4xlAPE2hXTU43l2A0IY

https://www.eldiariodelarepublica.com/nota/2021-9-8-13-33-0-san-luis-adhirio-a-la-ley-nacional-yolanda-de-capacitacion-en-medio-ambiente

Redacción: R. Zitta

Corrección: G. Campana

Revisión jurídica: F. Gorchs- especialista ambiental

Fuentes: https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/ley-yolanda-capacitacion-medio-ambiente

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=345172

https://www.argentina.gob.ar/ambiente/accion/ley-yolanda/quien-fue-yolanda-ortiz#:~:text=Yolanda%20Ortiz%20naci%C3%B3%20en%20Tucum%C3%A1n%2C%20Argentina.&text=Yolanda%20Ortiz%20fue%20la%20primera,%2C%20a%20una%20Revoluci%C3%B3n%20Mental%E2%80%9D.

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm

 

 

 

 

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