En virtud a la emergencia publica sanitaria que se atraviesa a nivel nacional y los lineamientos en cuanto a prevención determinados oportunamente por Acuerdo 120/2020, el Superior Tribunal de Justicia, a través de la -Dirección de Recursos Humanos- dispuso nuevas medidas que se harán efectivas a partir de su notificación e inter se mantengan las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Nación:
“DISPENSAR de la asistencia al lugar de trabajo por CATORCE (14) días corridos, a partir de la publicación de la presente Resolución, para todo el personal que se encuentre en los supuestos que se indican a continuación:
– Quienes hayan cumplido 65 años o más a la fecha de la presente Resolución o que los cumpla durante su vigencia.
– Mujeres embarazadas.
– Personas con depresión inmunológica de cualquier origen.
– Personas con diagnóstico de “diabetes tipo 1”.
– Personas con insuficiencia renal.
– Personas hipertensas o con patologías cardiovasculares.
– Personas trasplantadas.
– Personas con patologías oncológica.
– Personas con antecedentes de patologías respiratorias crónicas o cursando infecciones respiratorias”.
El personal mencionado deberá cumplir funciones fuera de la oficina, conforme las actividades que le correspondan.
La presente medida fue dispuesta por Resolución 18-DRH-20, del día de la fecha.
Redacción: S. Lucero