LICENCIA POR STRESS LABORAL CRÓNICO

Informe especial sobre las causas y consecuencias de esta enfermedad que la Organización Mundial de la Salud ha declarado “epidemia global”.

La semana pasada el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de San Luis, dispuso por Acuerdo Nº 28/17, otorgar una licencia de estado tutelar de salud a la que podrán acceder los funcionarios y empleados que realizan sus tareas en los Juzgados Penales y Contravencionales, Secretarías de Violencia Familiar y Defensorías de Niñez, Adolescencia e Incapaces. El permiso podrá requerirse un día por mes y abarcará a un 15% de los empleados judiciales (191 sobre un total de 1258, ver gráfico).

Cabe aclarar, que para no resentir la atención de las referidas dependencias, el Secretario presentará un cronograma de la distribución de tareas mensuales. Al respecto, se informa que el índice de ausentismo por causa de estado tutelar de salud impactaría en un 0,7 % aproximadamente por año.

Porcentaje del total de empleados judiciales que accederían a la licencia de estado tutelar de salud

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Esta medida fue tomada a raíz de un pedido del Sindicato Judiciales Puntanos. Al respecto, su Secretario Gremial -Juan Pablo Gómez- expresó que la solicitud se fundó en “la cantidad de reclamos que teníamos cuando realizábamos las visitas a las diferentes dependencias del Poder Judicial en San Luis, Villa Mercedes y Concarán, y nos enterábamos de compañeros que a raíz de su labor diaria se ven constantemente expuestos a niveles de violencia tanto verbal como física”, y agregó que “es el caso de aquellos empleados que deben visualizar las fotos o las pericias en los expedientes, escuchar las declaraciones de menores en Cámara Gesell donde toman conocimiento de hechos desgarradores y que no todos pueden superarlo de la misma forma, casos de violaciones de criaturas o de adultos y homicidios. Entonces la idea es prevenir los problemas de salud que puedan derivarse de estos contextos”.

Por otra parte, la Dra. Eugenia Bona -Jueza del Juzgado Laboral Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial- sostuvo que “el problema se presenta cuando esta carga se sufre a lo largo de un extenso periodo de tiempo, ya que estamos hablando de empleados que se encuentran absorbiendo los problemas de los ciudadanos que vienen con sus conflictos a la justicia, y estas situaciones pueden generar una angustia que muchos se la llevan a la casa”.

En palabras de Vanessa Besso -empleada administrativa de la Secretaría de Violencia Familiar de San Luis-, afirmó que el beneficio “ha sido muy bien recibido porque nosotros estamos expuestos a situaciones individuales y familiares terribles, lo que genera que en determinados momentos uno no pueda efectivizar la disociación o sea aquello que nos permite que al salir de nuestro trabajo podamos continuar con nuestras vidas, con nuestras cargas familiares y emocionales”, y añadió que “a veces esto te termina afectando, por ejemplo hay días en que uno se deprime, siente mucha pena o una transmisión de lo que está viviendo el otro como propio e incluso despersonalización. Es tan continuo este trato con la persona que está en conflicto que empieza a desarrollarse una falta de empatía, por eso esta pausa nos va a dar un respiro, nos permitirá tomar impulso y seguir trabajando”. Finalmente expresó que en la dependencia se llevan casos de violencia intrafamiliar, abusos sexuales -en los que se protege al menor- causas de violencia o situación de riesgo de adultos mayores y “hemos tenido que darle de comer a los chicos, cambiarle pañales y ayudar para calmarlos o hacerlos jugar porque los papás están en audiencia o porque esos niños tiene que pasar a una familia solidaria o extensa, por lo que asumimos muchos roles no sólo somos decretantes o audiencistas”.

El síndrome de stress laboral crónico es una enfermedad que aparece cuando las exigencias del entorno laboral superan la capacidad del empleador para desempeñarse en forma óptima y que se padece por largos períodos de tiempo. En el año 2000, la Organización Mundial de la Salud declaró a esta enfermedad como un factor de riesgo laboral ya que puede afectar la calidad de vida del empleado ocasionándole desde molestias físicas -tensión muscular,  aumento de presión sanguínea y ritmo cardíaco- hasta problemas de salud mental -angustia, irritabilidad, insensibilidad, falta de concentración, baja autoestima, etc.-.

Este padecimiento es frecuente entre aquellos empleados que se encuentran en contacto directo con los problemas y conflictos de las personas que atienden. El sufrimiento de estrés por largos períodos de tiempo, puede poner en riesgo la vida del individuo que lo sufre así como también disminuir la eficacia del servicio que presta, dificultando la consecución de las metas de la institución, ocasionando elevados índices de ausentismo y actitudes hostiles hacia los usuarios del servicio.

Para comprender la importancia de esta “epidemia global” (OMS, 2005) el sujeto es concebido en sus múltiples dimensiones físicas, mentales y sociales y el “estado de bienestar” incluye a la relación que el individuo establece con su entorno.

Teniendo en cuenta la Ley de Contrato de Trabajo, que establece que es deber de los empleadores disminuir los efectos negativos de las tareas que repercuten en la salud psicofísica de los empleados, se han dictado diversas normativas provinciales que protegen al trabajador. Entre ellas se menciona el  Artículo 29 del Régimen de Licencias para la Administración Pública de la provincia de San Luis  (Ley Nº XV-0402-2004 (5624 *R) – Texto ordenado Ley XVIII-0712-2010 – Ley XV-0682-2009) que determina que los agentes que se desempeñan en áreas que se encuentren en relación directa con los pacientes o en Hospitales Psiquiátricos gozarán de 20 días hábiles de licencia, por año calendario.

Redacción: M.C. Hang

Corrección: J.N. Sanchez

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