“LOS DERECHOS SOCIALES HACEN A LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS”

 Fue una de las reflexiones del Mgter. Martín Oyhanarte, en el ciclo del Programa de Derecho Constitucional.

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El pasado 6 y 7 de septiembre, el Mgter. Martín Oyhanarte continuó con el ciclo del Programa de Derecho Constitucional 2013, en la Ciudad de San Luis, con el abordaje de la temática “Los Derechos Sociales: su operatividad, eficacia y justiciabilidad”.

Al respecto, el Centro de Información Judicial dialogó con el docente, quien ahondó en aspectos referidos al tema de su disertación.

Con respecto a los Derechos Sociales, hay distintas posturas. Algunos consideran que forman parte del llamado “contrato social”, y otros que son parte integrante de los Derechos Humanos, inherentes a las personas, ¿qué postura tiene Ud. al respecto?

Yo creo que son inherentes a toda persona, que hacen a su dignidad, hacen a lo humano, a sus necesidades básicas. Por lo tanto, están íntimamente vinculados con la idea iusnaturalista más que de la contractualista del Derecho. Es decir, están pensados y reconocidos como derivados de la condición humana, más que de un contrato arbitrario.

¿Cómo están regulados estos derechos en la Constitución Nacional?

Los Derechos Sociales tienen una regulación en la Constitución Nacional, básicamente a partir de la incorporación del art. 14 bis, en 1957. Allí se reconocen por primera vez derechos que tienen más que ver con lo social y la inserción del individuo en esta sociedad. Posteriormente, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos incorpora distintos tratados, más amplios, de los cuales básicamente se destacan: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y La Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre. Estos tratados, tienen jerarquía Constitucional, es decir, que en el año 1994 fueron puestos en igualdad de posición con respecto a nuestra Constitución.

Además, tenemos otros tratados internacionales –sin jerarquía Constitucional-, leyes federales, las Constituciones Provinciales y políticas públicas.

¿Actualmente cuáles son las preocupaciones básicas en materia de Derechos Sociales?

En realidad creo que esto dependerá de quien responda la pregunta. Lo que yo puedo decir que veo en la jurisprudencia, es la priorización del derecho a la salud y un fuerte respaldo a los derechos del trabajo. Después, también se observan derechos que no han sido del todo defendidos por la Corte, que son los derechos que tienen que ver con la vivienda y con la movilidad jubilatoria. Es interesante, a su vez, destacar el interés que muestra la Corte en lo relativo al Derecho Ambiental, en donde en varias oportunidades ha manifestado su interés por el tema.

¿Qué recursos existen para defender estos Derechos?

En primer lugar se encuentra el Poder Judicial de las provincias, y luego el de la Nación. Por lo general, muchos de estos derechos son de responsabilidades concurrentes, y para ello existen las vías procesales que cada una de las provincias establece, y a nivel Nacional, siempre está el recurso de presentar una acción de amparo. En muchos casos, dadas las extremas condiciones en las que se encuentran las personas que reclaman estos derechos, existen mecanismos de tutela anticipada y medidas autosatisfactivas. Por último, también está la posibilidad de acudir a órganos internacionales.

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