“LOS MINISTERIOS PÚBLICOS DEBERÍAN TENER AUTONOMÍA FUNCIONAL Y AUTARQUÍA FINANCIERA”

Fue lo que sostuvo el Dr. Santiago Ríos, respecto a la función de la Defensoría y Fiscalía Pública, en una entrevista exclusiva con el Centro de Información Judicial.

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Durante los días 29 y 30 de noviembre, se desarrolló el último encuentro del año 2013, en el curso de posgrado de Especialización para la Defensa. En diálogo con este medio, el Dr. Ramón Santiago Ríos –Defensor General de provincia de La Rioja-, expuso sobre los principales desafíos que enfrenta la defensa pública en la actualidad, el proceso de producción de prueba en materia contenciosa por parte del Ministerio Público de Defensa, entre otros temas.

A su criterio ¿cuáles son los principales desafíos que enfrenta hoy la defensa pública?

Bueno, en general en la República Argentina, la defensa pública ha quedado absolutamente consolidada a partir de la reforma constitucional del año 1994, que le da independencia, autonomía funcionaria y autarquía financiera, es decir, se han creado los órganos, tenemos un Procurador General de la Nación y una Sra. General de la Nación que realmente ha hecho una labor muy meritoria en cuanto a la defensa y al acompañamiento que hace con una visión general del país, acompañando las provincias.

Desde su experiencia como Defensor General, ¿cree que se cumple el deber del Estado de asistencia y defensa judicial de todo ciudadano que no esté en condiciones de costear un proceso?

Ese es un análisis complejo porque lamentablemente, no todas las provincias del país tienen un criterio uniforme, es más, en la mayoría de las provincias como San Luis, el Ministerio Público Fiscal está dentro del ámbito del Superior Tribunal de Justicia y está a cargo de un Procurador, que viene a ser un jefe tanto de los fiscales, como de los defensores de pobres y ausentes, menores e incapaces. Es decir que, de acuerdo al criterio, se van cumpliendo estas pautas o no. Hay provincias que evidentemente existe una muy buena defensa pública, hay otras de mediana calidad y hay otras que realmente están mal.

¿Cómo es el proceso de la producción de prueba por parte del Ministerio Público de la Defensa en materia contenciosa?

Nosotros no tenemos expresamente el tema contencioso en la provincia de La Rioja, no está a cargo de la defensa pública. Esta es una situación que yo conozco que se da en la provincia de Buenos Aires, pero nosotros nos ocupamos en cuanto a la defensa pública, fundamentalmente de los sectores vulnerables, es decir, las personas que están carenciadas de recursos para recurrir a un abogado particular o bien, aquellas personas que están sujetas a un proceso penal y que por cualquier motivo, no pueden o no quieren designar un abogado particular, entonces ahí actúa la defensa pública, en todas las instancias.

¿Cómo pueden fortalecerse los programas y comisiones de la Defensoría General vinculados con la asistencia de grupos especialmente vulnerables?

Hay una legislación muy importante que son las 100 Reglas de Brasilia, que han sido aprobadas por los estados miembros y de Iberoamérica, con la representación de cada estado con su máxima autoridad en el Poder Judicial y en el caso de nuestro país, además de la Corte Suprema de Justicia ha intervenido la Junta Federal de Cortes, que representa al ámbito de todas las provincias. Precisamente esto ha sido un motivo de gran preocupación y ya en su mayoría, las distintas provincias de la Argentina, a través de sus Cortes, han declarado la aplicación obligatoria de las Reglas de Brasilia, que ahí habla de los grupos vulnerables o socialmente discriminados, que pueden ser en razón de sexo, edad, discapacidad, grupos migratorios –que por distintas circunstancias se tienen que mudar-, de los privados de libertad, aborígenes, es decir, que son personas que realmente sufren una problemática muy puntual, que no está circunscripta únicamente a la falta de recursos económicos para afrontar el pago de un abogado particular.

En la actualidad, acceder a la información sobre los casos resulta difícil, las actuaciones a realizar se superponen, el tiempo es poco y la idea original de un defensor litigando en los tribunales se reemplaza por la realidad de un defensor debiendo cumplir muchas tareas administrativas y burocráticas que lo alejan de la posibilidad de ejercer el trabajo para el que ha sido llamado. Desde su experiencia ¿cómo se logra un equilibrio para poder cumplir eficazmente con todas las funciones que hoy se le asignan a un Defensor General?

El equilibrio es precisamente, según mi modesto criterio, que los Ministerios Públicos estén ejercidos cada uno por una jefatura distinta, que tengan autonomía funcional y autarquía financiera. Esto es un logro que se ha dado en La Rioja, a partir de la modificación de la Constitución en el año 2002, allí se separó el Procurador General y se creó la Fiscalía General y el Ministerio Público de la Defensa, con la jefatura de un Fiscal General y un Defensor General, y esta es una característica que es única en el país: la Función Judicial de La Rioja, que generalmente se los denomina Poderes Judicial, Ejecutivo, Legislativo, en nuestra Constitución se denomina Función. En la Función Judicial de La Rioja, la jefatura es tripartita, está compuesta en un plano de igualdad por el Superior Tribunal de Justicia, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, y esto es lo que hay que destacar. Cada uno tiene absoluta autonomía y maneja su propio presupuesto.

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