MALTRATO INFANTIL: SE PREVÉN PENAS QUE ALCANZAN LA PRISIÓN PERPETUA

Aquellos casos en los que las víctimas sean niños, niñas y adolescentes quedan encuadrados bajo la tipificación de los delitos previstas en el Código Penal Argentino.

Para la Organización Mundial de la Salud el maltrato infantil se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años. Incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.

“No hay una ley específica  que diferencie el maltrato infantil. Quien  comete maltrato infantil puede incurrir en cualquiera de los delitos que establece el Código Penal, que pueden ser lesiones graves, gravísimas, abuso sexual, homicidio en casos muy graves”, explicó en diálogo con este medio, la Dra. Verónica Alonso Ersnt, titular de la Fiscalía N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial.

En ese sentido, el Código Penal  – en el artículo  91 – establece sanciones que van desde los tres a diez años de prisión en caso de lesiones, si éstas produjeran a la víctima una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable, la inutilidad permanente para el trabajo, la pérdida de un sentido, de un órgano, de un miembro, del uso de un órgano o miembro, de la palabra o de la capacidad de engendrar o concebir.

Asimismo, en el artículo 80 el Código prevé la pena de reclusión o prisión perpetua para quien provocare la muerte de su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.  En casos de abuso sexual el Código Penal estipula penas de entre 6 meses y 20 años de prisión.

Cabe recordar que las vías habilitadas para realizar denuncias ante caso de maltrato son:

  • COMISARIA DE ATENCIÓN A LA NIÑEZ ADOLESCENCIA Y FAMILIA (CANAF)
  • OFICINA DE RECEPCIÓN DE DENUNCIAS DEL PODER JUDICIAL
  • FORMULARIOS DIGITALES EN EL PORTAL DEL PODER JUDICIAL DE SAN LUIS (WWW.JUSTICIASANLUIS.GOV.AR)

 

Redaccion:R.Zitta

Corrección: G.Campana

Fotografia: https://pixabay.com/es/images/search/c%C3%A1rcel/?pagi=3

 

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