MEDIA SANCIÓN A PROYECTO DE LEY

Para modificar la Ley provincial de Violencia Familiar.

En la sesión del día miércoles 3 de junio de 2015, la Honorable Cámara de Senadores de la provincia de San Luis, dio media sanción al Proyecto de Ley referido a la Modificación a la Ley Nº I-0009-2004 (5477 *R) de Violencia Familiar.

Las modificaciones que se introducen a la Ley N° I-0009-2004 (5477 *R), se aplican al Artículo 3° de la Ley de Violencia Familiar, el cual quedará redactado de la siguiente forma: “Si la denuncia fuese realizada por ante la Autoridad Policial ésta comunicará, dentro del plazo de las DOS (2) horas siguientes improrrogables, al Juez de Familia en turno a los fines del inmediato avocamiento del mismo a la causa”.

Asimismo, se sustituye el Artículo 4° de la referida Ley, que quedará redactado de la siguiente forma: “La Autoridad Judicial o Policial que reciba la denuncia deberá adoptar las medidas de contención de la víctima hasta tanto se dispongan las medidas cautelares y el regreso al domicilio. El regreso al hogar, asiento del grupo familiar se realizará en compañía de la Autoridad Judicial y/o Policial, que deberá labrar un Acta dejando constancia del cumplimiento de la medida cautelar adoptada”.

Por último, se modifica el Artículo 5°, que quedará redactado de la siguiente forma: “El Juez deberá adoptar en forma urgente, de oficio o petición de parte, al tomar conocimiento de los hechos, motivo de la denuncia; las medidas cautelares que garanticen la integridad psicofísica del denunciante y del grupo familiar conviviente”.

La sesión fue presidida por la Presidente Provisional del Senado: María Angélica Torrontegui y contó con la participación de los senadores: Víctor Hugo Alcaraz, Pablo Garro, Dominga Torres, Mabel Leyes y Maximiliano Frontera.

Al respecto, la Senadora por el Departamento Belgrano, Mabel Leyes, aseguró que “tras diez años de vigencia de la Ley Nº I-0009-2004, hoy hay un vacío en sus previsiones en lo que hace a la contención de la víctima, desde el momento en que se hace la denuncia hasta que la justicia adopta las medidas cautelares para preservar la integridad psicofísica de la víctima”. Y resaltó que en las zonas rurales la situación se empeora porque las víctimas solo pueden concurrir ante la Policía y los mismos no tienen contacto inmediato con el Juzgado competente para solicitar las medidas de resguardo del denunciante.

Por eso es de vital importancia para ayudar a la víctima que la Autoridad Judicial y Policial que reciban la denuncia, adopten las medidas de contención hasta que se dispongan las medidas cautelares y el regreso al domicilio”, subrayó la Senadora.

Como reflexión final, Leyes sostuvo que nuestra obligación como representantes de la sociedad es la de crear leyes que protejan a la ciudadanía y si, es necesario como en este caso, modificar la legislación vigente para adecuarla a los tiempos modernos”.

 

Redacción: S. Lucero

Fuente: Prensa HCS

 

 

 

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