
Nota aclarativa: por tratarse de un delito en perjuicio de una persona menor de edad, no se consignan los datos identificatorios de las partes a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima (Art.22 Ley 26.061).
Este 19 de diciembre, el tribunal integrado por Gustavo Daniel Sanchiño, Virna Eguinoa y Sebastián Cadelago Filippi, declaró culpable a D.A.A. como autora material y penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo, en grado de tentativa, en perjuicio de su hija recién nacida.
El hecho juzgado ocurrió en la Villa de Merlo, entre las 00:00 y la 01:00 de la madrugada del 17 de noviembre de 2021, cuando la joven dio a luz a la bebé en el baño de la vivienda que alquilaba. Ella se dirigió al hospital para recibir atención médica, sin informar a los profesionales acerca del parto, transcurriendo varias horas hasta que indicó adonde había dejado a la beba.
La pequeña fue encontrada con vida, aproximadamente 18 horas después de su nacimiento. Estaba en el suelo de la ducha, con una bolsa de nylon atada fuertemente a su cuello.
El juicio para definir la situación procesal de la joven de 22 años, quien se encontraba con prisión domiciliaria, comenzó el pasado 4 de diciembre. Luego de dos jornadas de debate, en las que se recepcionó la declaración de más de 20 testigos, el tribunal dio por concluida la etapa de producción de prueba, programando la instancia de alegatos y veredicto para este 19 de diciembre.
DECLARACIÓN DE LA IMPUTADA
Previo a que las partes iniciaran sus alegatos, D.A.A. pidió, por primera vez a lo largo de la tramitación de la causa, ofrecer su versión de los hechos.
Dijo que entre enero y febrero de 2021 conoció a una persona, pero que luego se distanciaron porque se enteró que él estaba con alguien más y que esa situación a ella la lastimó mucho.
En mayo se enteró que estaba embarazada de aproximadamente cuatro o cuatro meses y medio. Dijo que el embarazo la sorprendió, porque seguía teniendo su periodo de forma regular. Que se cuidaba con anticonceptivos que compraba por su propia cuenta, porque nunca había visitado a un ginecólogo, y tampoco su mamá la había llevado a una consulta ginecológica a lo largo de su vida.
Contó que por octubre de 2021 se fue a vivir y trabajar a Merlo (ella residía en Santa Rosa con su mamá y su hermano), ya que el único ingreso de su familia era el de su hermano. El lugar al que se mudó era un monoambiente que no tenía cocina, ni heladera, y que el dueño de la propiedad le prestó un anafe.
Relató que la noche que dio a luz se sentía incómoda, tenía mucho dolor de espalda y no podía ir de cuerpo. Que buscó en internet cuáles eran los síntomas del parto por que los desconocía.
Buscando sentirse mejor, decidió ir a bañarse y, cuando se estaba higienizando, sintió la cabeza de la bebé. “Inmediatamente apagué la ducha, me senté y la dí a luz y la recibí. Y ahí le corté el cordón porque ella nació con dos vueltas de cordón umbilical. Yo no la escuché llorar, no la ví abrir los ojitos, tenía su boquita morada. Yo en todo momento que intenté verla, porque me empecé a desangrar, la tenía delante mío, mirándola. No me lloraba, nada. Entonces yo creí que había nacido muerta. Busco la forma de poder parar el sangrado, porque después que despedí la placenta, empezó el sangrado. Me puse toallitas, algodón como tapón, porque no podía parar la hemorragia. Entonces empecé a buscar números del hospital, llamé, no me podían ir a buscar, entonces le pedí a la dueña del alquiler que si me podía llamar un taxi y prestar 500 pesos porque no tenía ni para pagar el taxi. Ella me dijo que sí, que me iba a llamar un taxi y que lo esperara en la entrada. Mientras esperaba, salió su hija con ella. Donde ella me dio los 500 pesos y su hija se ofreció a llevarme porque vive cerca del hospital. Yo imágenes muy claras no tengo de lo que pasó en el hospital, porque estaba en shock, estaba asustada, estaba nerviosa. Sí me acuerdo que me desmayé, me pusieron en una camilla, me pusieron pañales por el tema de que perdía mucha sangre. Después, no sé si al día siguiente, me avisaron que había llegado mi bebé, que la iban a llevar a la maternidad porque no había maquinaria suficiente para poderla acudir. Y la verdad es que yo estoy muy arrepentida, porque ahora dos años va a cumplir y no puedo estar con ella. Me gustaría recuperarla, estar con ella, y estar el tiempo que no estuve con ella, y aprovecharla, y contenerla”, expresó llorando.
Preguntada por la Defensora de Niñez, Gabriela Verónica L´Huillier, respecto de su embarazo, “D” contestó que después de enterarse de que estaba embarazada, no se realizó más estudios porque se sentía bien, y en su casa se acostumbraba a ir al médico sólo cuando estaban enfermos.
Dijo que supo del embarazo al momento de hacerse una ecografía en el Hospital de Santa Rosa por un posible problema en los ovarios, y allí se enteró que estaba embarazada.
Respecto de lo que pasó con la bebé, “D” contó que supo que su hija había nacido con vida cuando los profesionales del Hospital “Madre Catalina” le informaron que la pequeña estaba allí y que la trasladarían a la Maternidad “Teresita Baigorria” de San Luis. “Yo la verdad no lo podía creer, porque para mí había nacido muerta. Ella no lloró, nada. Hasta el día de hoy, yo y mi familia preguntamos por ella, pero nunca nos quisieron dar información, ni tampoco nos dieron lugar para que la tuviera mi familia. Pasó todo muy rápido, hay cosas que no me acuerdo porque estaba en shock”, manifestó.
Finalmente, detalló que después de dar a luz a la bebé, le cortó el cordón umbilical, la dejó en un costado de la ducha, y allí es donde perdió la placenta. Y cuando intentó pedir ayuda, se desmayó. “Cuando me levanté, le puse la bolsita en la espaldita. No sabía que la había ajustado así, no era mi intención hacerle daño a mi hija”, afirmó. La Defensora le preguntó cuál fue el fin de colocarle la bolsa a la bebé, y “D” respondió que su intención era protegerla, porque había mucha agua y sangre en la ducha y le daba “cosa” dejarla así.
LA PALABRA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
El primero en exponer sus alegatos, fue el Fiscal de Juicio, Mario Néstor Zudaire, quien estuvo acompañado por la Fiscal de Instrucción Débora Antonella Roy Gitto, y la Fiscal Adjunta, Adriana Cangelosi.
Zudaire enunció que: “Ni bien abierto el debate, el Ministerio Público que represento hizo la presentación del caso y, en aquel entonces, se sostuvo que íbamos a probar que la Sra. D.A.A. era responsable, material y penalmente, del delito establecido en el artículo 80, inciso 1 del Código Penal, con relación al artículo 42 del mismo Código, esto es, homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa. Y puedo afirmar, sin lugar a dudas que después de haberse producido la prueba en este debate oral, la teoría del caso ha quedado absolutamente comprobada”.
Dijo que había dos capítulos de los hechos que debían recordarse a la perfección. El primero, cuando a las 14:30, aproximadamente, del día 17 de noviembre de 2021, personal policial de la Comisaría 26 recibió un llamado telefónico proveniente de la Comisaría N°42, por el cual comunican que una Licenciada en Trabajo Social del Hospital “Madre Catalina”, puso en conocimiento de la autoridad policial que, ese día, alrededor de las dos de la mañana, se había internado una joven aduciendo que tenía una infección urinaria y sangrado en la zona genital. “Llamó mucho la atención a los profesionales de la salud esto que había dicho D.A., porque inmediatamente se dieron cuenta de que “D” transitaba por el periodo de puerperio, esto es, el estado inmediato posterior a la existencia de un parto. Ante preguntas insistentes de los profesionales de la salud, “D” reconoció que había tenido un bebé, pero que lo había dejado en una bolsa de nylon porque, a su criterio, había nacido sin vida”.
El segundo capítulo, es cuando luego de tanta insistencia, el personal policial consiguió que “D” les entregara las llaves de su vivienda y logran rescatar a la bebé.
En el lugar estuvieron presentes un Médico Forense y un Criminalista del Poder Judicial, personal femenino de la División Criminalística y efectivos de la División Homicidios de la Policía. También estaban los dueños de la propiedad. “Ellos abren la puerta, escuchan un gemido, se dirigen al baño, abren la puerta del baño, y la bebé estaba decúbito hacia el lado izquierdo, tenía fuertemente atada a su cuello una bolsa de nylon con un nudo ciego, además de que tenía el cordón umbilical enrollado al mismo. Le ató una bolsa de residuos, como enroscada, según dijeron acá los policías, se la ató en el cuello fuertemente, con intención de ahorcarla. Mucho tardaron los policías para tratar de desatar ese nudo, y finalmente terminaron cortando la bolsa con una tijera. Envolvieron a la criatura en una toalla e inmediatamente la trasladan al hospital.
Al hospital fue sola. Y si no hubiera tenido la intención de realmente acabar con la vida de su hija, la hubiera tomado en brazos y juntas hubieran ido al hospital. Esto no ocurrió”, sostuvo.
Asimismo, señaló que “D” ofreció versiones contradictorias del suceso al personal del Hospital.
Primero dijo que una tía se había llevado a la bebé con vida. Luego dijo que nació muerta, que su tía la puso en una bolsa y se la llevó. Y la tercera versión fue: “la puse en una bolsa y se la llevó el basurero”.
Además, refirió que, desde que “D” llegó al hospital, pasaron dos horas hasta que permitió que un médico la revisara. Lo que demostraba, a su entender, que la joven en todo momento trató de ocultar su embarazo.
“La acusada no quería tener a su hija, atentó contra su vida, no logró el resultado, por eso quedó en grado de tentativa”.
El fiscal expuso que, en el marco de la investigación, se secuestró el teléfono de D.A., el que fue entregado al personal policial en el Hospital Madre Catalina, y que luego fue peritado por dos profesionales del Departamento de Delitos Complejos del Poder Judicial. En esa línea, la Fiscal Roy Gitto hizo referencia a las búsquedas que realizó “D” en su teléfono: “parto natural en la selva” y “parto natural en un bosque”. “Esto fue con fecha 22 de octubre de 2021, lo que denota que “D” ya tenía planificado tener el parto sola”, sostuvo.
Luego se encontró: “Cómo reconocer contracciones” y “síntomas de que se aproxima el parto”, con fecha 5 de noviembre del 2021 y, luego, 16 de noviembre del 2021.
“Manejo del dolor durante el parto”, con fecha 16 de noviembre del 2021, a las 23:23 hs.
Luego, el 17 de noviembre de 2021, a las 5 de la madrugada, “D” googleó lo siguiente: “si ahorca a un bebé recién nacido con una bolsa, se muere”. El mismo 17 de noviembre, a las 7:52 de la mañana, buscó: “el hospital, en caso que yo no quiera que diga algo, debe ser así”. “Con esto probamos que “D” ya estaba armando el plan para ocultar su conducta homicida”, ratificó la fiscal.
El mismo 17 de noviembre, a las 17:32 de la tarde, buscó: “en qué horario pasa el basurero por Merlo”. “Ésta fue otra de las estrategias de “D” para ocultar, cambiar la historia real del hecho e impedir que la policía ingresara al domicilio”.
A las 18:41 de la tarde, busca: “¿Qué pasa si nace mi bebé muerto en mi casa y lo tiro al basurero? ¿Qué consecuencia podría tener?”. “Esto demuestra que “D” se encontraba lúcida y hábil para dar cualquier tipo de respuesta que la beneficiara frente a cualquier contingencia penal”.
Y por último, destacó una búsqueda realizada a las 20:58 del mismo 17 de noviembre: “muerte por ahorcamiento”.
“A criterio de este Ministerio Fiscal, “D” enroscó el cordón umbilical en el cuello de la recién nacida, y luego le ató la bolsa de nylon, haciendo un nudo ajustándolo al cuello de la misma. Según la declaración de “D”, que acabamos de escuchar, manifiesta que no se acordaba de nada. Entonces ¿cómo pudo googlear todo lo que acabo de mencionar?”, interrogó Roy Gitto.
“Además, quiero hacer referencia a lo declarado por las amigas de “D”, que si bien eran las únicas que sabían de este embarazo, las mismas no vieron ni ecografías ni la ropa que supuestamente “D” había comprado para la bebé. Esto deja de manifiesto que nunca tuvo la intención de hacerse cargo de su bebé”.
Por último, reseñó que, de acuerdo al informe del profesional del Cuerpo Forense que le practicó la pericia psiquiátrica, la acusada tuvo en todo momento el dominio de sus acciones y supo comprender exactamente la criminalidad de sus actos.
Por todo lo expuesto, solicitaron que D.A.A. fuera condenada a sufrir la pena de 10 años de prisión, accesorias de ley y costas procesales, por haber cometido en perjuicio de su hija “A.M.A.D”, el delito de tentativa de homicidio agravado por el vínculo.
Atenuantes: la ausencia de antecedentes penales computables.
Agravantes: la naturaleza de la acción, la forma de comisión del delito, y la extensión del daño causado.
LA PALABRA DE LA DEFENSORÍA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
En representación de la menor víctima, intervino la Defensora de Niñez y Adolescencia, Gabriela Verónica L´Huillier, junto a la Defensora Oficial Adjunta, María Luz Vílchez, quienes adhirieron a la descripción de los hechos y a los argumentos vertidos por el Ministerio Fiscal.
L´Huillier comenzó su alegato afirmando que: “a lo largo del plexo probatorio desarrollado en esta Sala, se ha podido demostrar la existencia del delito que ha calificado el Ministerio Público Fiscal, siendo su autora la Sra. D.A.A., progenitora de mi representada. Para esta defensoría, no quedan dudas de que existió la intención de atentar contra la vida y dar fin a la misma, en relación a la recién nacida “M”. De manera tal que, luego de producido el nacimiento, la acusada le ató una bolsa negra de consorcio en su pequeño cuello, con un total manejo de circunstancias de tiempo, de modo, de lugar.
Esto se agrava con la conducta posterior que tuvo la acusada, intentado ocultar lo ocurrido, brindando distintas versiones a los profesionales que la atendieron en el Hospital “Madre Catalina Rodríguez”, poniendo en riesgo la vida de “M” lo que, a futuro, puede conllevar a daños en su salud dadas las circunstancias del nacimiento de la misma”, manifestó.
En relación a la bolsa que la bebé tenía en el cuello, aseguró que todos los testigos fueron coincidentes a cerca de lo fuertemente ceñida que estaba la misma, y aseveró que había sido colocada de manera intencional por la imputada. Dijo que a la bebé le quedó la marca de la bolsa en el cuello, que no la pudieron desatar de manera manual porque estaba enroscada, como retorcida, y que tuvieron que cortarla con una tijera que había en el lugar.
“De los informes y de los testimonios brindados por profesionales del Departamento de Delitos Complejos, ambos, en relación a la pericia practicada al teléfono perteneciente a la Sra. D.A.A., nos contaron que en el historial de navegación se encontraron las siguientes búsquedas: “me asusté y tiré a mi bebé”; “si ahorco a un bebé recién nacido con una bolsa”; “en qué horario pasa el basurero por Merlo”; “cuánto tiempo puede durar un bebé recién nacido” y, por último: “ahorcamiento por asfixia”. Estas búsquedas fueron realizadas el día 17 de noviembre del año 2021, en horarios de la madrugada, mediodía, siesta y tarde. Es decir, “M” ya había nacido. Por lo tanto, la acusada ya sabía o creía que había matado a su bebé”.
Y continuó: “De la prueba desarrollada en los presentes Autos, no surge que la acusada se haya realizado controles de embarazo. Ni en el Hospital “Madre Catalina Rodríguez” ni en el hospital de Santa Rosa había registros de controles de embarazo. Estos lugares que acabo de mencionar, las localidades de Merlo y Santa Rosa del Conlara, son los lugares donde había vivido la acusada mientras cursó el embarazo. Los primeros meses, en la localidad de Santa Rosa, y los últimos meses de embarazo, en Merlo”, apuntó.
En otro tramo de su relato, hizo referencia al testimonio de la neonatóloga del hospital de Merlo, que fue quien recibió a la niña “M”, informando que por la hipotermia que la bebé tenía cuando fue encontrada y llevada al nosocomio, “tuvieron que realizar maniobras para activar su corazoncito. Llegó con hipotermia e hipoxia natal”.
Por último, citó el testimonio del médico ginecólogo y obstetra que atendió a la acusada en el hospital, quien manifestó que, luego de insistir en varias oportunidades y de indagar a la acusada, “D” le brindó distintas versiones de lo ocurrido. “Es decir que, en todo momento, la imputada tuvo la intención de ocultar lo que realmente había sucedido en esas primeras horas del día 17 de noviembre del año 2021”, sostuvo L´Huillier.
Y prosiguió: “Esta Defensoría de Niñez entiende que, en el caso de Autos, los derechos en relación a la niña “M” que se han visto afectados o vulnerados, han sido el derecho a la vida, a su integridad, como así también, atento a las posibles secuelas que puedan existir en su salud, se ha afectado el derecho a la salud.
Por lo cual, solicito al excelentísimo tribunal que, al momento de resolver, aplique perspectiva de infancia y adolescencia, entendiéndose como tal un mandato que exige que el interés superior del menor sea valorado y considerado como primordial en todas las acciones y decisiones que se adopten”.
También solicitó al tribunal la aplicación de las “100 Reglas de Brasilia” sobre el acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad, puesto que la edad es una de las reglas a aplicar, teniendo en cuenta que todo niño, niña o adolescente debe ser objeto de una tutela especial por parte de los órganos del sistema de justicia.
“Por todo lo que acabo de exponer, entiendo que, conforme a las probanzas de Autos, se ha alcanzado la certeza de que por parte de la Sra. D.A.A. hubo un intento claro de homicidio, absolutamente intencional, en perjuicio de la niña “M”. Entiendo que se ha podido acreditar la existencia del delito por el cual viene acusada la Sra. D.A.A., por lo que adhiero a la pena solicitada por el Ministerio Público Fiscal, y dejo manifestado en este acto, que hago reserva de la interposición de los recursos que correspondan oportunamente”, cerró.
LA PALABRA DE LA DEFENSA
En tercer lugar, expuso la abogada defensora de D.A.A., Inés Barraza.
Al igual que en la audiencia inicial del juicio, afirmó que “D” no estuvo en condiciones al momento de dar a luz, de determinar si su hija había nacido con vida, “ya que la bebé no lloró, no respiró, no abrió los ojos, tenía la boca morada. Creyó que su hija había nacido muerta, y no se puede querer matar a una persona muerta. Sin perjuicio del tiempo que lleva privada de la libertad en el marco de esta causa, tampoco tenemos que olvidar la otra causa que tramita en el Juzgado Multifuero, en la Secretaría de Familia, donde está pendiente el dictado de la sentencia de adoptabilidad de “M”. A la familia de “D”, jamás le permitieron acercarse a “M” ni le brindaron ningún tipo de información desde el minuto uno, desde el primer momento. Y esto también obedece y responde a que “D”, desde el inicio de esta situación, recibió una condena social y una condena moral, precisamente por ser una mala madre”, se lamentó la abogada.
Al respecto, mencionó los artículos periodísticos publicados por dos medios locales, que titulaban: “Horror”, “Milagro”, “Beba tirada en la basura”, (…) “no utilizando un potencial o un condicional, sino dándolo por hecho. Y esto nunca salieron a desmentirlo. Imaginemos entonces, cuando en las redes sociales empiezan a publicar este tipo de noticias amarillistas, morbosas, cómo se arenga a la opinión pública con esto. Lo que termina sucediendo, es que los consumidores de las redes terminan exigiendo penas exorbitantes, penas que no existen. Y hemos leído barbaridades. A raíz de estas mismas publicaciones, es que la Fundación “Mesa de la Mujer”, que integra quien les habla, fue que tomó conocimiento de este caso. Nosotros somos un colectivo que acompañamos a mujeres, niñeces y diversidades en situación de vulnerabilidad, y alertadas cuando vimos la morbosidad de las notas, decidimos tomar intervención. Luego de escucharla a “D” en la penitenciaría por más de tres horas, no tuve ninguna duda de aceptar ser parte de la defensa”, aseguró.
A su vez, reclamó que su defendida no tuvo contención psicológica por parte de los profesionales de salud mental del Hospital, “porque la situación narrada por el obstetra, evidentemente requería una intervención psicológica urgente, por tratarse de una chica jovencita, que había ingresado por guardia a la madrugada con un sangrado abundante y dolores, que no se había dejado revisar, que había negado parir o abortar y que, luego de practicado el legrado, admitió el parto y dio distintas versiones de lo sucedido”. También reprochó que la justicia nunca envió a un trabajador social para entrevistar a “D” o a su familia, y que cuando solicitó al hospital la historia clínica de su defendida y de la beba, la institución la remitió casi un año después, con un informe parcial e incompleto.
“Cuando le dieron el alta hospitalaria, tuvo que ir a la Comisaría 26 de Merlo para firmar lo que antes, en el Código Criminal, era el artículo 104, para fijar domicilio y manifestar si quería declarar o no. Allí le hicieron firmar que el sumario en el que estaba como imputada, era por un abandono de persona. Ella se fue convencida de que estaba imputada por un delito y, tres o cuatro días después, fue detenida por un delito muchísimo más grave.
Entonces, esto es a modo ilustrativo, para que podamos visualizar también toda esta cadena de desidias que se fueron suscitando. Tanto el sistema de salud como el sistema judicial, los medios de prensa, las redes sociales, a “D” la condenaron desde un primer momento por ser una mala madre”, protestó la letrada.
A su vez, citó el informe de la perito psicóloga que peritó de forma particular a su defendida, en cuyo documento refirió que “D” es una persona extremadamente vulnerable, que tiene una estructura de personalidad muy débil, y que cuenta con mecanismos muy precarios que bordean la debilidad mental, además de la falta de conexión con su emoción y la disociación extrema al momento del parto. “También nos habló de una dinámica familiar escindida. Sus amigas fueron coincidentes en decir que “D” era una chica muy cerrada, que en su adolescencia fue víctima de bullying por ser morocha, por ser gordita. Abandonó sus estudios en quinto año. Su madre dijo que jamás la acompañó a un control ginecológico, porque “D” no se lo había pedido. Conviviendo con “D”, no pudo registrar el embarazo”.
A lo largo de toda su alocución, la abogada puso de manifiesto la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba su defendida.
“Como vimos en las fotografías alojadas en el celular de “D”, ella buscaba ropita, nombres, cositas para su bebé. “D” vivía en un monoambiente, y no tenía ni siquiera una heladera. No tenía dinero. Y es cierto que, en alguna ocasión, cuando sentía que no iba a poder, abrazó la idea de dar a su bebé en adopción. Luego se arrepintió. La única fuente de información que “D” consultaba, era internet. Todo lo buscaba en internet. Esta defensa se pregunta: así como buscó nombres, ropa, cunas, síntomas de parto, reconocer los tipos de contracciones, cómo dar a su hija en adopción, ¿no es extraño que no hubiera buscado: “Cómo matar a un recién nacido”, si esa hubiera sido su verdadera intención? Y la respuesta de “D” es inequívoca. No buscó cómo matar a una recién nacido, porque ella no quería matar a su hija. El problema es que a “D” nadie le creyó. ¿Por qué? Porque le puso una bolsa en la espalda y se la ató al cuello con un nudo ceñido. Pero no dicen que a ella le dio impresión dejarla sobre la ducha mojada, ensangrentada. ¿En serio pensaron que era un mecanismo idóneo asesinar a una bebé atándole una bolsa con un nudo que cede al cuello?”, preguntó. Y aseguró que la bebé no estaba en situación de asfixia, no tenía lesiones, y que no se habían detectado secuelas.
“Al margen del tiempo que haya tardado “D” en poder dimensionar, en poder darse cuenta, en poder hablar, la llave se la entrega ella voluntariamente a la policía. “D” no la puso a la bebé adentro de la bolsa, no la tiró al tacho de basura como dijo la prensa. En las fotografías se ve que la bolsa le estaba cubriendo la espalda. Esta defensa se vuelve a preguntar: ¿Hay algo más fácil que matar a un bebé recién nacido? Es el ser más indefenso del mundo. Si la intención de “D” hubiera sido matarla -en caso de haberse dado cuenta de que la bebé estaba viva- estando sola en su casa, ¿no habría elegido un medio más idóneo para provocar el resultado? A “D”, de 20 años, que acababa de parir sola una beba muerta, que no puede detener la hemorragia, se desmaya, se obnubila, se le acelera el corazón, se desespera, siente que se va a morir e intenta buscar ayuda para ella. ¿Eso la convierte en una asesina?”, exclamó.
Respecto al ocultamiento del embarazo planteado por la fiscalía y la querella, consideró que el hecho de que “D” no le hubiera comunicado de su embarazo a todo el mundo, no significaba que ella quería a matar a su hija.
“Que no haya dicho en su trabajo o a sus moradores que estaba embarazada, no es de extrañar, ya que si hubiera declarado su estado, por supuesto que no hubiera conseguido ni trabajo ni hubiera conseguido quien le alquile”.
Y continuó: “La falta de comunicación con respecto a su madre, revela la dinámica familiar. No había una comunicación, no había una confianza, no había un registro. La circunstancia de la falta de comunicación del embarazo, no podemos negarlo que parte de la base de un perjuicio, de un prejuicio de género, por considerar que la maternidad es pura alegría y pura felicidad. Que toda mujer que toma conocimiento de estar embarazada lo tiene que comunicar, lo tiene que publicar, lo tiene que mostrar a todo el mundo. Ahora, de ahí a considerar como un indicio contundente para imputar un conato de homicidio agravado…
Que no se haya hecho los controles médicos, cuando a sus amigas les haya dicho que se hacía ecografías, tampoco significa que haya querido matar a su hija. Esta circunstancia, fue una muestra de ignorancia, de la desconexión que tenía “D”.
Idealizamos el comportamiento de las mujeres, idealizamos la maternidad, lo que se espera de una madre. No hay una obligación legal de hacerse controles. (…) Entonces tampoco se puede considerar a esta falta de realización de controles como un indicio incriminatorio”.
En la última parte de su exposición, la abogada sostuvo que tanto en la investigación como en la acusación, hubo un peso muy fuerte de los estereotipos, un sesgo muy fuerte de lo que se considera una “buena” o una “mala madre”.
Dijo que no se ponderaron las circunstancias personales y contextuales de su defendida, sus condiciones de vida, su psiquis, despojándola de toda su singularidad y reprochándole conductas “socialmente esperables”.
“En definitiva, esta defensa considera que, a lo largo de este debate, ha quedado demostrado que la fiscalía no ha podido determinar, no ha podido mostrar, más allá de toda duda razonable, el dolo homicida de “D”. Esta defensa entiende que el estado de vulnerabilidad en el que se encontraba “D” debido a todas sus circunstancias personales, psíquicas, familiares, económicas, culturales, no le permitieron darse cuenta de que su hija había nacido con vida.
Por todo lo dicho, solicitó la absolución y la inmediata libertad de su defendida. “En caso de que no se haga lugar a la absolución, dejo ya interpuestos los recursos pertinentes”, concluyó.
VEREDICTO
Tras escuchar los argumentos vertidos por las partes, y analizar la prueba producida a lo largo del juicio, el tribunal dispuso declarar a D.A.A. culpable, como autora material y penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo, en grado de tentativa, condenándola a sufrir la pena de 10 años de prisión, accesorias de ley y costas procesales, ordenando su inmediato traslado al Servicio Penitenciario Provincial para el cumplimiento de la condena.
Prensa Judicial 3° Circunscripción